Belmonte de Tajo (BOCM-20230110-40)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE ENERO DE 2023
Pág. 239
taciones se seguirá el orden establecido en la resolución de nombramiento de los miembros
del tribunal, votando en último lugar al presidente.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Tribunal calificador actuará con plena autonomía funcional, garantizando la legalidad del procedimiento y la objetividad de la decisión selectiva.
El Tribunal está facultado para resolver las dudas o discrepancias que se originen en la
aplicación de estas bases y en el desarrollo del proceso de selección, estableciendo los criterios que se deban adoptar en todo aquello que no se haya previsto en las presentes bases.
El tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que puedan suscitar el proceso selectivo.
Sexta. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos
Procedimiento de selección: concurso
A.1. Por superación de algún ejercicio a las pruebas de acceso como Funcionario con
Habilitación de Carácter Nacional: 3 puntos.
Se acreditará mediante la presentación de certificación expedida por tribunal u
órgano convocante.
A.2. Por titulación de licenciado en derecho o equivalente: 2,75 puntos.
Se acreditará mediante fotocopia del original, copia debidamente compulsada o
fotocopia de la solicitud con abono de las tasas por su expedición, en el caso de
estar en condiciones de obtener la titulación. En caso de que resulte necesario,
acreditación de la homologación de la titulación equivalente que deberá especificarse la norma que acredite la equivalencia.
Las fotocopias que se aporten irán firmadas con lo que el personal participante se
responsabiliza expresamente de la veracidad de la documentación presentada.
A.3. Por superación de algún ejercicio a pruebas de acceso como Administrativo o
Técnico Funcionario de carrera o interino de Administración en otra Administración Pública Local: 0,80 puntos.
Se acreditará mediante la presentación de certificación expedida por tribunal u
órgano convocante.
A.4. Máster, Estudios de Postgrado, cursos de formación y perfeccionamiento:
— Por cada curso de 100 horas o más en materias relacionadas con la Administración local, Gestión Presupuestaria o tributaria local siempre que estén relacionadas con las funciones correspondientes al puesto de trabajo a desempeñar impartidos por Institutos Nacionales de Administraciones Públicas,
Escuelas de Administraciones Públicas, CEMCI, FEMP, FEM, Universidades y organismos públicos dedicados a la formación y perfeccionamiento
del personal al servicio de las administraciones públicas, en los tres últimos
años anteriores a la convocatoria a excepción de aquellos cursos realizados
para la preparación de oposiciones para ingreso en cualquier Administración: 0,60 puntos hasta un máximo de 1,20 puntos.
Si el curso tiene varias materias solo se tendrán en cuenta las horas en las
materias indicadas anteriormente.
— Por cursos de 100 horas o más sobre Excel/Word o Excel impartido por Institutos Nacionales de Administraciones Públicas, Escuelas de Administraciones Públicas, CEMCI, FEMP, FEM, Universidades y organismos públicos dedicados a la formación y perfeccionamiento del personal al servicio
de las administraciones públicas, en los tres últimos años anteriores a la
convocatoria por otros Organismos oficiales o por centros privados autorizados, a excepción de aquellos cursos realizados para la preparación de
oposiciones para ingreso en cualquier Administración 0,25 puntos hasta un
máximo de 0,25 puntos.
BOCM-20230110-40
Méritos computables: Máximo 10 puntos.
A) Titulación y formación: máximo, 8 puntos:
B.O.C.M. Núm. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE ENERO DE 2023
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taciones se seguirá el orden establecido en la resolución de nombramiento de los miembros
del tribunal, votando en último lugar al presidente.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Tribunal calificador actuará con plena autonomía funcional, garantizando la legalidad del procedimiento y la objetividad de la decisión selectiva.
El Tribunal está facultado para resolver las dudas o discrepancias que se originen en la
aplicación de estas bases y en el desarrollo del proceso de selección, estableciendo los criterios que se deban adoptar en todo aquello que no se haya previsto en las presentes bases.
El tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que puedan suscitar el proceso selectivo.
Sexta. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos
Procedimiento de selección: concurso
A.1. Por superación de algún ejercicio a las pruebas de acceso como Funcionario con
Habilitación de Carácter Nacional: 3 puntos.
Se acreditará mediante la presentación de certificación expedida por tribunal u
órgano convocante.
A.2. Por titulación de licenciado en derecho o equivalente: 2,75 puntos.
Se acreditará mediante fotocopia del original, copia debidamente compulsada o
fotocopia de la solicitud con abono de las tasas por su expedición, en el caso de
estar en condiciones de obtener la titulación. En caso de que resulte necesario,
acreditación de la homologación de la titulación equivalente que deberá especificarse la norma que acredite la equivalencia.
Las fotocopias que se aporten irán firmadas con lo que el personal participante se
responsabiliza expresamente de la veracidad de la documentación presentada.
A.3. Por superación de algún ejercicio a pruebas de acceso como Administrativo o
Técnico Funcionario de carrera o interino de Administración en otra Administración Pública Local: 0,80 puntos.
Se acreditará mediante la presentación de certificación expedida por tribunal u
órgano convocante.
A.4. Máster, Estudios de Postgrado, cursos de formación y perfeccionamiento:
— Por cada curso de 100 horas o más en materias relacionadas con la Administración local, Gestión Presupuestaria o tributaria local siempre que estén relacionadas con las funciones correspondientes al puesto de trabajo a desempeñar impartidos por Institutos Nacionales de Administraciones Públicas,
Escuelas de Administraciones Públicas, CEMCI, FEMP, FEM, Universidades y organismos públicos dedicados a la formación y perfeccionamiento
del personal al servicio de las administraciones públicas, en los tres últimos
años anteriores a la convocatoria a excepción de aquellos cursos realizados
para la preparación de oposiciones para ingreso en cualquier Administración: 0,60 puntos hasta un máximo de 1,20 puntos.
Si el curso tiene varias materias solo se tendrán en cuenta las horas en las
materias indicadas anteriormente.
— Por cursos de 100 horas o más sobre Excel/Word o Excel impartido por Institutos Nacionales de Administraciones Públicas, Escuelas de Administraciones Públicas, CEMCI, FEMP, FEM, Universidades y organismos públicos dedicados a la formación y perfeccionamiento del personal al servicio
de las administraciones públicas, en los tres últimos años anteriores a la
convocatoria por otros Organismos oficiales o por centros privados autorizados, a excepción de aquellos cursos realizados para la preparación de
oposiciones para ingreso en cualquier Administración 0,25 puntos hasta un
máximo de 0,25 puntos.
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Méritos computables: Máximo 10 puntos.
A) Titulación y formación: máximo, 8 puntos: