Belmonte de Tajo (BOCM-20230110-40)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE ENERO DE 2023
Pág. 235
Funciones:
— Gestión de catastro y punto de información catastral.
— Gestión del padrón de habitantes.
— Despacho de correspondencia.
— Recibir las solicitudes e instancias de los administrados, procediendo a su registro
y comprobación, dándoles el curso establecido en las normas internas y de procedimiento.
— Manejo de los programas informáticos necesarios para su actividad (grabación de
datos, obtención de listados, asegurando su permanencia, actualización de datos y
de terceros y confidencialidad etc.).
— Trasladar datos solicitados a organismos públicos a través de las correspondientes
aplicaciones, bases de datos y otras tecnologías.
— Elaborar bases de datos y documentos de trabajo facilitadores para la tarea encomendada.
— Recopilar los antecedentes documentales y obtiene la información necesaria para
la ejecución de los trámites o expedientes económicos y/o administrativos.
— Redacta informes solicitados, así como los modelos de documentos.
— Registrar, clasificar, tramitar y archivar realizar el seguimiento de los expedientes
administrativos, procesos administrativos, así como de los contactos con terceros
que estos requieran velando por el desempeño de los trámites administrativos en
los plazos señalados mediante la revisión y actualización de la normativa reguladora en la materia, redactando documentos de carácter administrativo (decretos,
dictámenes, formulación de diligencias, actas, providencias, comparecencias y
oficios de mero trámite, formulación de requerimientos, citaciones, notificaciones
y comunicaciones; y extensión de las oportunas diligencias y actos administrativos de análoga naturaleza, entre otros) de acuerdo con la normativa general y específica, así como otros documentos necesarios para la gestión y el seguimiento
de la actividad.
— Ordenar, numerar y encuadernar expedientes, formulación de índices, control y
distribución del material.
— Realizar el seguimiento de la ejecución presupuestaria, determina posibles desviaciones y propone ampliaciones o modificaciones de crédito.
— Gestión recaudación, actualización de padrones de impuestos y tasas, emisión de
recibos y en general, colaboración, tesorería y recaudación.
— Registro, tramitación y control de plazos de expedientes en general sometidos a
comisión de gobierno, pleno y demás misiones.
— Realizar operaciones de caja y manejo de caudales.
— Gestionar todas aquellas incidencias que afecten a la gestión del personal.
— Elaboración nóminas y seguros sociales, incluyendo cualquier otra tarea administrativa de trámite y colaboración con secretaría, intervención y tesorería.
— Tramita las ausencias, las vacaciones, los asuntos personales, así como cualquier
incidencia del personal.
— Redactar y tramitar resoluciones de contratación de personal, de nombramiento y
de sustituciones de personal, así como sus respectivas notificaciones.
— Cualquier otra tarea administrativa de trámite y colaboración con secretaría, intervención y tesorería.
— Cualquier otra, relacionada con el puesto, que le encomiende su superior jerárquico.
Percibirá las retribuciones que se contemplen en el Presupuesto municipal y las pagas
extraordinarias correspondientes al Subgrupo o Grupo de adscripción.
— Grupo C, Subgrupo C1.
— Complemento Destino, nivel 20.
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por
el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
BOCM-20230110-40
Segunda. Condiciones de admisión de aspirantes
B.O.C.M. Núm. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE ENERO DE 2023
Pág. 235
Funciones:
— Gestión de catastro y punto de información catastral.
— Gestión del padrón de habitantes.
— Despacho de correspondencia.
— Recibir las solicitudes e instancias de los administrados, procediendo a su registro
y comprobación, dándoles el curso establecido en las normas internas y de procedimiento.
— Manejo de los programas informáticos necesarios para su actividad (grabación de
datos, obtención de listados, asegurando su permanencia, actualización de datos y
de terceros y confidencialidad etc.).
— Trasladar datos solicitados a organismos públicos a través de las correspondientes
aplicaciones, bases de datos y otras tecnologías.
— Elaborar bases de datos y documentos de trabajo facilitadores para la tarea encomendada.
— Recopilar los antecedentes documentales y obtiene la información necesaria para
la ejecución de los trámites o expedientes económicos y/o administrativos.
— Redacta informes solicitados, así como los modelos de documentos.
— Registrar, clasificar, tramitar y archivar realizar el seguimiento de los expedientes
administrativos, procesos administrativos, así como de los contactos con terceros
que estos requieran velando por el desempeño de los trámites administrativos en
los plazos señalados mediante la revisión y actualización de la normativa reguladora en la materia, redactando documentos de carácter administrativo (decretos,
dictámenes, formulación de diligencias, actas, providencias, comparecencias y
oficios de mero trámite, formulación de requerimientos, citaciones, notificaciones
y comunicaciones; y extensión de las oportunas diligencias y actos administrativos de análoga naturaleza, entre otros) de acuerdo con la normativa general y específica, así como otros documentos necesarios para la gestión y el seguimiento
de la actividad.
— Ordenar, numerar y encuadernar expedientes, formulación de índices, control y
distribución del material.
— Realizar el seguimiento de la ejecución presupuestaria, determina posibles desviaciones y propone ampliaciones o modificaciones de crédito.
— Gestión recaudación, actualización de padrones de impuestos y tasas, emisión de
recibos y en general, colaboración, tesorería y recaudación.
— Registro, tramitación y control de plazos de expedientes en general sometidos a
comisión de gobierno, pleno y demás misiones.
— Realizar operaciones de caja y manejo de caudales.
— Gestionar todas aquellas incidencias que afecten a la gestión del personal.
— Elaboración nóminas y seguros sociales, incluyendo cualquier otra tarea administrativa de trámite y colaboración con secretaría, intervención y tesorería.
— Tramita las ausencias, las vacaciones, los asuntos personales, así como cualquier
incidencia del personal.
— Redactar y tramitar resoluciones de contratación de personal, de nombramiento y
de sustituciones de personal, así como sus respectivas notificaciones.
— Cualquier otra tarea administrativa de trámite y colaboración con secretaría, intervención y tesorería.
— Cualquier otra, relacionada con el puesto, que le encomiende su superior jerárquico.
Percibirá las retribuciones que se contemplen en el Presupuesto municipal y las pagas
extraordinarias correspondientes al Subgrupo o Grupo de adscripción.
— Grupo C, Subgrupo C1.
— Complemento Destino, nivel 20.
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por
el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
BOCM-20230110-40
Segunda. Condiciones de admisión de aspirantes