Belmonte de Tajo (BOCM-20230110-40)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 10 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 8

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida. Estar en posesión, del título académico de Bachiller o
del título de Técnico, o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes a alguno de los anteriores, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, además aportar la credencial
que acredite su homologación, se adjuntará al título su traducción jurada.
f) Se deberán abonar la tasa de 25,00 euros, de acuerdo con lo establecido en el epígrafe 5 de la Ordenanza reguladora de la tasa por expedición de documentos publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 68, de 20
de marzo de 2012. El pago de dicha tasa se efectuará mediante ingreso o transferencia bancaria al Ayuntamiento de Belmonte de Tajo en el número de cuenta ES02 2100 6265 0802 0000 0241, correspondiente a la entidad Caixabank, indicando en el concepto: “CÓDIGO 1005 y nombre y apellidos del solicitante”.
Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar
el plazo de presentación de solicitudes y su cumplimiento debe mantenerse durante todo el
proceso selectivo, incluido el momento de la toma de posesión como funcionario interino.
Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias
Las solicitudes para tomar parte en el proceso se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente
del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo conforme al Anexo I que se publicará en el tablón
de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento y se presentarán junto al resto de documentación que determinan las Bases en el Registro General del Ayuntamiento en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Además, aquellas personas que dispongan de DNI electrónico u otro certificado digital reconocido, podrán presentar sus solicitudes, junto a la documentación indicada a través de la sede electrónica:
http://belmontedetajo.sedelectronica.es
Las Bases íntegras se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en el tablón de anuncios alojado en la Sede electrónica del Ayuntamiento
http://belmontedetajo.sedelectronica.es
Los sucesivos anuncios que hayan de producirse relacionados con la presente convocatoria se harán públicos en el tablón de anuncios alojado en la Sede electrónica del Ayuntamiento http://belmontedetajo.sedelectronica.es
A la solicitud deberá unirse necesariamente la siguiente documentación quedando excluidos quien no presente cualquiera de esta documentación junto con la solicitud), debidamente numerada y en el orden siguiente:
— Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Las personas a que hace referencia el artículo 57.2 de la Ley por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, deberán presentar fotocopia del pasaporte, del visado y, en su
caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta de identidad de
extranjeros o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta de identidad de extranjeros. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o
promesa, del español o del nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea,

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