C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230110-8)
Convocatoria certamen teatro –  Orden 3660/2022, de 29 de noviembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convoca el V Certamen de Teatro Inclusivo de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso escolar 2022-2023
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 8

Décimo
Criterios de valoración
La valoración en la fase de selección, de conformidad con la Orden 470/2019, de 19 de
febrero, de la Consejería de Educación e Investigación por la que se crea el Certamen de
Teatro Inclusivo de la Comunidad de Madrid y se aprueban sus bases reguladoras, se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios y baremo:
a) Complejidad de la obra, fragmento o escena seleccionada (dificultad que supone
el desarrollo de la obra para los alumnos, porcentaje de alumnos de educación especial y con necesidades específicas de apoyo educativo participantes, escenario,
texto). Hasta 10 puntos.
b) Representación (habilidades de comunicación, interpretación, entonación, declamación, gestualidad, emotividad). Hasta 10 puntos.
c) Puesta en escena (unidad del espectáculo, ritmo, originalidad, creatividad, contenido
pedagógico de la obra, calidad estética, coordinación en el grupo). Hasta 10 puntos.
d) Dirección del montaje (gestión del montaje teatral por parte de los directores).
Hasta 10 puntos.
Undécimo
Jurado
Para la propuesta de premios se constituirá un jurado que estará integrado por un inspector, designado por la Subdirección General de Inspección Educativa y tres representantes de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, designados por el
titular de dicha Dirección General, uno de los cuales actuará como presidente, otro como
secretario y otro como vocal.
Además, para la valoración de los grupos de teatro y montajes escénicos, el órgano instructor del procedimiento contará con expertos en artes escénicas, que asesorarán al jurado
en los resultados parciales y totales que obtengan los grupos de teatro concurrentes.
El funcionamiento del jurado, así como la posibilidad de sustitución de sus miembros
se regirá por lo establecido en la sección 3.a del capítulo II del TÍTULO PRELIMINAR de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El jurado elaborará la propuesta de premios motivada a partir de los criterios de valoración y puntuación establecidos.
El jurado tendrá la facultad de declarar desierto uno, varios o la totalidad de los premios en la propuesta de concesión. Igualmente, podrá requerir de los participantes la aportación de cuantas aclaraciones se estimen oportunas.
El fallo del jurado no será recurrible.
Duodécimo
El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, a propuesta de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, resolverá mediante orden, la concesión de los premios. La resolución de la convocatoria se hará pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La orden de concesión determinará en cada caso los premiados, el orden de los premios y cuantos extremos sean necesarios para su adecuada aplicación.
El plazo máximo para la resolución de la presente convocatoria será de seis meses, a
partir de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes establecido en la convocatoria.
La orden de concesión por la que se resuelva la presente convocatoria pone fin a la vía
administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Contra dicha orden, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición
ante el Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, podrá optarse por interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de

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Resolución de la convocatoria