C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230110-8)
Convocatoria certamen teatro –  Orden 3660/2022, de 29 de noviembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convoca el V Certamen de Teatro Inclusivo de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso escolar 2022-2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 8

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE ENERO DE 2023

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Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses,
a partir del día siguiente a la publicación de la orden de concesión, o de seis meses, a partir del día siguiente a aquel en que deba entenderse producido el acto presunto.
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso potestativo de reposición en su caso interpuesto sea resuelto expresamente o se haya producido
su desestimación presunta.
Decimotercero
Gala Final y entrega de premios
Se llevará a cabo una Gala Final en la que participarán los tres montajes teatrales que
obtengan una mayor puntuación en cada una de las dos modalidades de participación.
Los centros educativos acordarán con la Dirección General de Bilingüismo y Calidad
de la Enseñanza el tipo de representación, pudiendo ser solo fragmentos de las obras, escenas o cualquier representación relacionada con el montaje teatral con el que se ha concurrido al certamen.
La entrega de los premios y de los diplomas acreditativos señalados en el cuarto apartado de la presente orden se realizará en esta gala final, cuyo lugar y fecha de celebración
será determinada por la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza.
Decimocuarto
Certificación
La Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza inscribirá de oficio
dos créditos de especial dedicación al profesor o profesores ayudantes funcionarios que figuren como directores de los montajes teatrales en la Solicitud de Participación en el V Certamen de Teatro Inclusivo de la Comunidad de Madrid que registre el centro, siempre que
se haya representado el montaje dentro del certamen.
En caso de que se produjera algún cambio posterior con respecto a lo reflejado en la
solicitud de participación o cualquier otra circunstancia que impidiera el reconocimiento
automático, el docente que no haya obtenido de oficio los dos créditos por haber ejercido
como director de un montaje teatral representado en el certamen tendrá que solicitar la asignación de los créditos que le correspondan, de conformidad con las instrucciones referentes a la solicitud de certificación de las actividades de especial dedicación que aparezcan en
la Resolución de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza en la que
se publican anualmente dichas actividades.
No se adjudicará más de una certificación acreditativa a una misma persona, independientemente del número de montajes que dirija.
Decimoquinto
Recursos

Decimosexto
Aceptación de las bases
La participación en el V Certamen de Teatro Inclusivo de la Comunidad de Madrid supone la aceptación de lo establecido en la presente convocatoria y en las bases que la regulan.

BOCM-20230110-8

Contra la presente orden de convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades en
el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Orden 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el
plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de
cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.