C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230105-12)
Regulación concesión ayudas –  Acuerdo de 28 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas destinadas a proyectos de digitalización de la Pyme madrileña, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa de la Comunidad de Madrid 2021-2027
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 4

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE ENERO DE 2023

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No obstante, se estará a las limitaciones establecidas en el artículo 13 del Reglamento
(UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
2. La fecha de alta en el IAE de la empresa correspondiente al centro de trabajo donde se pretende llevar a cabo el proyecto ha de ser anterior a la fecha de presentación de la
solicitud.
3. De acuerdo con el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17
de junio de 2014, se consideran pymes aquellas empresas que ocupen a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocio anual no exceda de 50.000.000 de euros o cuyo balance
general anual no exceda de 43.000.000 de euros.
4. No podrán adquirir la condición de beneficiarias, las siguientes entidades:
a) Las personas físicas, las comunidades de bienes o cualquier otra entidad constituida sin personalidad jurídica propia.
b) Las empresas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2
del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) Las empresas en crisis, tal y como se definen en el artículo 2.18 del Reglamento
(UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
d) Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda concedida
ilegal e incompatible con el mercado interior, de conformidad con el artículo 1.4.a
del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
5. La entidad solicitante deberá estar al corriente del pago de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado, con la Hacienda de la Comunidad de Madrid, así
como de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
6. Las empresas deberán acreditar que han realizado el plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, tal y como exige el artículo 8.f) de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Artículo 4
1. Los proyectos de digitalización deberán contener al menos una de las siguientes
actuaciones subvencionables:
a) Implementación de soluciones de negocio utilizando tecnologías ligadas a la comunicación, análisis y tratamiento de datos.
b) Plataformas colaborativas.
c) Digitalización de los procesos de fabricación utilizando tecnologías como realidad aumentada, robótica colaborativa, fabricación aditiva, sensores; sistemas embebidos y control de procesos.
d) Implementación de Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) en la cadena de valor de la empresa industrial.
e) Diseño y desarrollo de páginas web, redes sociales y ciberseguridad como vehículo potenciador del desarrollo empresarial.
2. Serán considerados gastos subvencionables los costes de los activos que formen
parte del proyecto de digitalización a implementar en el centro de trabajo de la entidad solicitante de la ayuda, siempre que estén directamente relacionados con la actividad económica desarrollada por la pyme.
Las inversiones en activos materiales e inmateriales estarán relacionadas con la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo o una transformación fundamental del proceso global
de producción, de conformidad con la definición de “inversión inicial” establecida en el artículo 2.49 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
En particular, serán subvencionables los siguientes conceptos de gasto:
a) Adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción y
a los objetivos del proyecto, así como equipos que, no estando directamente
vinculados con la producción, resultan indubitablemente necesarios para el proyecto planteado.

BOCM-20230105-12

Actuaciones y Gastos subvencionables