C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230105-12)
Regulación concesión ayudas –  Acuerdo de 28 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas destinadas a proyectos de digitalización de la Pyme madrileña, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa de la Comunidad de Madrid 2021-2027
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 4

7. Los solicitantes deberán incluir las correspondientes declaraciones responsables
relativas a los siguientes extremos, que forman parte del modelo de solicitud:
a) Cumplimiento de los requisitos para ser considerada como pyme que no está en situación de crisis, tal y como se define en el artículo 2.18, del Reglamento (UE)
651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
b) Cumplimiento de los requisitos incluidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.
c) En caso de haber sido beneficiarios de anteriores subvenciones concedidas por la
Comunidad de Madrid, declaración responsable de haber acreditado el cumplimiento de las obligaciones inherentes a las mismas.
d) Declaración en la que se especifique la ayuda regional recibida o por recibir por el
mismo proyecto por parte de otras autoridades otorgantes.
e) Declaración en la que se especifique si el beneficiario ha cerrado la misma actividad o una actividad similar en el Espacio Económico Europeo en los dos años previos a la fecha de la solicitud.
f) Declaración en la que se especifique si, en el momento de la solicitud de ayuda, el
beneficiario tiene la intención de cesar en dicha actividad dentro de un período de
dos años después de terminada la inversión que se va a subvencionar.
g) Declaración y compromiso de no reubicación de las inversiones asociadas al proyecto subvencionable.
h) Declaración de que no existe un acuerdo irrevocable entre el beneficiario de la
ayuda y los proveedores o contratistas para llevar a cabo la inversión.
i) Declaración sobre la elaboración del plan de prevención de riesgos laborales citado en el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, tal y como exige el artículo 8.f) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
8. Se entenderá por declaración responsable, el documento suscrito por el interesado en el que manifiesta bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos
en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su
ejercicio, conforme a lo establecido en el artículo 69. “Declaración responsable y comunicación” de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
En este sentido, las Administraciones públicas podrán requerir, en cualquier momento, que se aporte la documentación que acredite el cumplimiento de los mencionados requisitos y el interesado deberá aportarla.
9. La documentación requerida puede anexarse a la solicitud en el momento de su
presentación. Igualmente, podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente exclusivamente a través de los servicios de tramitación digital (opción “Aportar”)
disponible en la web oficial de la Comunidad de Madrid: “Administración Digital. Punto
de Acceso General”.
Artículo 11
1. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de
concesión directa, al que se refiere el artículo 22.2.c de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
2. El procedimiento de concesión de las ayudas queda condicionado por la correspondiente orden de disponibilidad de crédito aplicable en cada ejercicio presupuestario.
3. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión corresponderá a la
Dirección General de Promoción Económica e Industrial, que realizará las actuaciones necesarias de acuerdo con lo previsto en el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. La Administración de la Comunidad de Madrid, mediante la autorización expresa
o no oposición registrada en el formulario de solicitud de la ayuda, según el caso, recabará
informáticamente la acreditación sobre el alta en el Impuesto de Actividades Económicas
de la entidad solicitante y si esta se encuentra al corriente del pago de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado, así como de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

BOCM-20230105-12

Instrucción y resolución