Villamantilla (BOCM-20230105-75)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 4

JUEVES 5 DE ENERO DE 2023

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hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Los requisitos establecidos en la base segunda deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, y mantenerse durante todo el
proceso selectivo.
3. Forma y Plazo de Presentación de Solicitudes de Participación
Las solicitudes requiriendo tomar parte en el correspondiente proceso selectivo de acceso de este Ayuntamiento, se deberán presentar en el modelo anexo a estas Bases, en las
que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases
generales para la plaza que se opte, acompañando la titulación exigida en cada caso, así
como la acreditación de los méritos alegados, y se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o
en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de
veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la
convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. En dicho extracto figurará la oportuna referencia al número y fecha del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que
se hubiesen publicado íntegramente, con carácter previo, las presentes bases.
Las bases íntegras se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( https://villamantilla.org )
y, en su caso, en el correspondiente Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, insertándose un extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
Si el último día de presentación de instancias fuera sábado o inhábil, el plazo se entenderá automáticamente prorrogado al día hábil inmediatamente posterior a la citada fecha.
Para ser admitidas las personas aspirantes manifestarán en sus solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base anterior referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, debiendo ir
acompañadas en su presentación, por los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, del pasaporte o de cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad. El documento que se presente habrá de encontrarse en vigor.
b) Fotocopia compulsada de la titulación exigida en las presentes bases o justificante
de haber abonado la tasa por los derechos para su expedición junto con el certificado acreditativo de haber finalizado los estudios correspondientes. Si estos documentos fuesen expedidos con posterioridad a la fecha en que finalizó el plazo de
admisión de solicitudes, deberá justificarse el momento en que concluyeron los
estudios. En caso de titulaciones que hayan sido obtenidas en el extranjero, deberá aportarse la credencial acreditativa de su correspondiente homologación.
c) Acreditación de los méritos a valorar en la fase de concurso, de conformidad con
lo previsto en las presentes bases.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto
administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable
del tratamiento de estos datos.

Para ser admitido/a en los presentes procesos selectivos bastará con que las personas
aspirantes manifiesten en sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las presentes bases, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación
de las solicitudes de participación. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la forma prevista en las presentes bases.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde dictará resolución en el
plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes
admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión. Dicha resolución se pu-

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4. Admisión de Aspirantes