Parla (BOCM-20230103-85)
Organización y funcionamiento. Ordenanza terrazas y veladores
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 2

aprobada el año anterior, debiendo aportar en este caso exclusivamente la solicitud y la documentación que se enumera en el punto 7 del artículo 26.
Art. 26. Documentación.—El procedimiento se iniciará por el interesado mediante la
presentación de la solicitud de autorización de terraza en modelo normalizado, acompañando la siguiente documentación:
1. Relación de los elementos y mobiliario que se pretende instalar, con indicación
expresa de su número, dimensiones y características, así como fotografías de los mismos.
Asimismo, se indicará si se solicita apilar en el exterior del establecimiento los elementos
de mobiliario, la justificación y en qué condiciones se realizará.
2. Declaración de hallarse al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con el
Ayuntamiento.
3. Copia del seguro de responsabilidad civil e incendios de la terraza y del establecimiento y recibo o justificante de estar al corriente de pago.
4. Plano de situación de la terraza, a escala 1:500 o 1:200, en el que se refleje la superficie a ocupar y la disposición de todos los elementos y mobiliario de la terraza, ancho
de acera o zona estancial, distancias a esquinas, pasos libres para peatones, paradas de transporte público, pasos de peatones y de vehículos, salidas de emergencia, entradas peatonales a edificios, plazas reservadas para personas con movilidad reducida, y los elementos de
mobiliario urbano y arboles existentes.
5. En el caso de que se trate de una terraza con cerramiento estable o que precise de
acometidas subterráneas, será necesario aportar una memoria técnica firmada por técnico
legalmente habilitado, detallando:
— Superficie a ocupar y elementos instalados en el interior del cerramiento.
— Planos a escala 1:100 en los que se indique de forma inequívoca las dimensiones,
secciones, plantas, alzados laterales, frontal y posterior.
— Sistemas de anclaje de los elementos al pavimento.
— Características de las instalaciones eléctricas, aire acondicionado, prevención de
Incendios, etc.
— Boletín eléctrico y boletín de instalación de climatización, registrados.
— Certificado de técnico facultativo habilitado legalmente acerca de la suficiencia de
su estabilidad estructural y la adecuación de sus condiciones de prevención y extinción de incendios, evacuación, estabilidad y reacción al fuego.
— Documento acreditativo de la constitución de una garantía para la reposición del
suelo público al estado anterior a la instalación del cerramiento. El importe de esta
garantía se determinará en función del coste de reposición del suelo ocupado.
— Póliza de seguros de responsabilidad civil con un capital mínimo de 150.000 euros
por siniestro y año de seguro, sin franquicia alguna, que cubra cualquier clase de
riesgo derivado del ejercicio de la actividad hostelera realizada.
— Contrato de mantenimiento y revisión de los extintores y del alumbrado de emergencia y señalización con empresa autorizada.
6. En el caso de terrazas que se vayan a instalar en terrenos privados de uso público,
acreditación de la propiedad o título jurídico que habilite para la utilización privativa del
espacio, y, excepcionalmente, cuando no sea posible acreditarlo, autorización de las comunidades de propietarios afectadas.
7. Las solicitudes de renovación de las autorizaciones anuales concedidas el año anterior solamente requerirán:
— Declaración del interesado de que no se produce cambio alguno respecto a la autorización aprobada el año anterior.
— Declaración de hallarse al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con el
Ayuntamiento.
— Copia del seguro de responsabilidad civil e incendios de la terraza y del establecimiento y recibo o justificante de estar al corriente de pago.
— En el caso de terrazas con cerramientos estables, contrato de mantenimiento y revisión de los extintores y del alumbrado de emergencia y señalización con empresa autorizada.

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