C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230102-18)
Pruebas capacitación profesional – Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por la que se convocan los exámenes del año 2023, para la obtención de los carnés profesionales o certificados de cualificación profesional en materia de seguridad industrial, de instalador, mantenedor u operador en las ramas que se indican y de maquinista y palista minero
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 1
LUNES 2 DE ENERO DE 2023
Pág. 131
operaciones propuestas por el Tribunal sobre los requerimientos prácticos establecidos para cada especialidad; asimismo, el Tribunal podrá determinar la realización
de pruebas eminentemente prácticas o un supuesto práctico por escrito relativo a
los conocimientos tecnológicos y reglamentarios aplicables.
Los aspirantes deberán acudir al examen con el calzado y la ropa adecuada a la prueba que se vaya a realizar, incluyendo los equipos de protección individual correspondientes. No contar con dicho equipamiento supondrá la inadmisión a examen.
Para la realización de ambas pruebas, los aspirantes podrán usar los distintos reglamentos que se les exijan, así como calculadoras y sus propios instrumentos de medida o los
que el Tribunal ponga a su disposición.
7.4. Los aspirantes deberán ir provistos, para cada ejercicio, de su documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente.
7.5 Salvo causa de fuerza mayor, debidamente acreditada y que tendrá que apreciarse
por el Tribunal correspondiente, la no asistencia al examen supondrá una pérdida del derecho al mismo.
Octava
Calificación de los ejercicios
A fin de garantizar, en todo caso, la idoneidad de los aspirantes aprobados, el Tribunal
establecerá un nivel mínimo para la superación de cada una de las pruebas, de conformidad
con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio.
Los ejercicios de estas pruebas se calificarán de “apto” o “no apto”.
La superación del primer ejercicio (teórico) dará derecho a que el solicitante se presente a dos convocatorias del examen práctico: la correspondiente a la convocatoria en la que
se aprueba el examen teórico y la siguiente. En todo caso, para presentarse al examen práctico correspondiente a la convocatoria posterior a la que aprobó la parte teórica, el interesado deberá presentar nueva solicitud acompañada de documento acreditativo del abono de
tasa en plazo y forma requeridos en la convocatoria de examen. Salvo causa de fuerza mayor, debidamente acreditada y que tendrá que apreciarse por el Tribunal correspondiente,
la no asistencia al examen práctico en la siguiente convocatoria a la que se aprobó el examen teórico, supondrá una pérdida del derecho al mismo, por lo que el alumno deberá volverse a presentar al examen completo (teórico y práctico) en la siguiente convocatoria.
Novena
Lista de aprobados
El Tribunal calificador elevará a la Dirección General de Promoción Económica e Industrial la relación definitiva de aspirantes aprobados en cada convocatoria, con indicación
de cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad. Esta relación será
publicada en el tablón de anuncios de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, y en la página web de la Comunidad de Madrid: www.comunidad.madrid
Reclamación de exámenes
Las reclamaciones se harán por escrito dirigido al Presidente del Tribunal en el plazo
de 10 días, contados a partir del día siguiente en que fuera publicada la correspondiente
lista de aprobados de cada uno de los exámenes, en el tablón de anuncios de la Dirección
General de Promoción Económica e Industrial, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
BOCM-20230102-18
Décima
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 1
LUNES 2 DE ENERO DE 2023
Pág. 131
operaciones propuestas por el Tribunal sobre los requerimientos prácticos establecidos para cada especialidad; asimismo, el Tribunal podrá determinar la realización
de pruebas eminentemente prácticas o un supuesto práctico por escrito relativo a
los conocimientos tecnológicos y reglamentarios aplicables.
Los aspirantes deberán acudir al examen con el calzado y la ropa adecuada a la prueba que se vaya a realizar, incluyendo los equipos de protección individual correspondientes. No contar con dicho equipamiento supondrá la inadmisión a examen.
Para la realización de ambas pruebas, los aspirantes podrán usar los distintos reglamentos que se les exijan, así como calculadoras y sus propios instrumentos de medida o los
que el Tribunal ponga a su disposición.
7.4. Los aspirantes deberán ir provistos, para cada ejercicio, de su documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente.
7.5 Salvo causa de fuerza mayor, debidamente acreditada y que tendrá que apreciarse
por el Tribunal correspondiente, la no asistencia al examen supondrá una pérdida del derecho al mismo.
Octava
Calificación de los ejercicios
A fin de garantizar, en todo caso, la idoneidad de los aspirantes aprobados, el Tribunal
establecerá un nivel mínimo para la superación de cada una de las pruebas, de conformidad
con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio.
Los ejercicios de estas pruebas se calificarán de “apto” o “no apto”.
La superación del primer ejercicio (teórico) dará derecho a que el solicitante se presente a dos convocatorias del examen práctico: la correspondiente a la convocatoria en la que
se aprueba el examen teórico y la siguiente. En todo caso, para presentarse al examen práctico correspondiente a la convocatoria posterior a la que aprobó la parte teórica, el interesado deberá presentar nueva solicitud acompañada de documento acreditativo del abono de
tasa en plazo y forma requeridos en la convocatoria de examen. Salvo causa de fuerza mayor, debidamente acreditada y que tendrá que apreciarse por el Tribunal correspondiente,
la no asistencia al examen práctico en la siguiente convocatoria a la que se aprobó el examen teórico, supondrá una pérdida del derecho al mismo, por lo que el alumno deberá volverse a presentar al examen completo (teórico y práctico) en la siguiente convocatoria.
Novena
Lista de aprobados
El Tribunal calificador elevará a la Dirección General de Promoción Económica e Industrial la relación definitiva de aspirantes aprobados en cada convocatoria, con indicación
de cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad. Esta relación será
publicada en el tablón de anuncios de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, y en la página web de la Comunidad de Madrid: www.comunidad.madrid
Reclamación de exámenes
Las reclamaciones se harán por escrito dirigido al Presidente del Tribunal en el plazo
de 10 días, contados a partir del día siguiente en que fuera publicada la correspondiente
lista de aprobados de cada uno de los exámenes, en el tablón de anuncios de la Dirección
General de Promoción Económica e Industrial, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
BOCM-20230102-18
Décima