C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230102-18)
Pruebas capacitación profesional – Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por la que se convocan los exámenes del año 2023, para la obtención de los carnés profesionales o certificados de cualificación profesional en materia de seguridad industrial, de instalador, mantenedor u operador en las ramas que se indican y de maquinista y palista minero
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 1
Undécima
Expedición de carnés o certificados de cualificación profesional
Los aspirantes aprobados deberán solicitar la expedición del carné o certificado de
cualificación profesional correspondiente, para lo cual deberán presentar los siguientes
documentos:
a) En caso de que no se autorice su consulta, fotocopia del documento nacional de
identidad o documento identificativo equivalente en vigor en la fecha de solicitud
del carné o certificado de cualificación profesional.
b) Fotocopia de la titulación o documento equivalente exigible, expedido por la
Administración competente, para acceder al carné o certificado de cualificación
profesional. Las equivalencias a los títulos, documentos equivalentes o certificados de estudios exigibles, en su caso, aportados deberán ser certificadas por el órgano competente en materia educativa o laboral. Dichos títulos, documentos equivalentes o certificados de estudios deberán ser válidos a la fecha de presentación
de la solicitud de admisión a examen.
c) En el caso de exigencia de experiencia laboral en la reglamentación específica, informe de vida laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social.
d) Certificado expedido por la entidad de formación relativo a la superación del curso o cursos de formación exigibles.
e) En el caso del carné de operador de grúa torre, superación de un examen médico
sobre agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva y aptitudes psicológicas.
f) Justificación del abono de la tasa correspondiente, de acuerdo con la Ley de Tasas
y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
En todo caso, siempre que se aporte la documentación exigida, se expedirá el carné o
certificado de cualificación de acuerdo a lo establecido en la legislación en vigor en la fecha de presentación de la solicitud de admisión al examen correspondiente.
Si a la fecha de entrada de la solicitud de carné o certificado de cualificación en la Dirección General de Promoción Económica e Industrial la norma que regula el acceso a la
actividad correspondiente hubiera sido modificada, se actuará conforme a lo que se establezca en la nueva normativa en vigor, pudiéndose, en caso de que así se especifique, perderse el derecho al carné o al certificado de cualificación correspondiente.
Duodécima
Norma general
BOCM-20230102-18
El Tribunal calificador resolverá cuantas incidencias se susciten en el transcurso de las
presentes convocatorias y contra sus resoluciones podrá interponerse reclamación en vía
administrativa en el plazo de un mes, ante la Directora General de Promoción Económica
e Industrial.
Madrid, a 20 de diciembre de 2022.—La Directora General de Promoción Económica
e Industrial, Mar Paños Arriba.
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 1
Undécima
Expedición de carnés o certificados de cualificación profesional
Los aspirantes aprobados deberán solicitar la expedición del carné o certificado de
cualificación profesional correspondiente, para lo cual deberán presentar los siguientes
documentos:
a) En caso de que no se autorice su consulta, fotocopia del documento nacional de
identidad o documento identificativo equivalente en vigor en la fecha de solicitud
del carné o certificado de cualificación profesional.
b) Fotocopia de la titulación o documento equivalente exigible, expedido por la
Administración competente, para acceder al carné o certificado de cualificación
profesional. Las equivalencias a los títulos, documentos equivalentes o certificados de estudios exigibles, en su caso, aportados deberán ser certificadas por el órgano competente en materia educativa o laboral. Dichos títulos, documentos equivalentes o certificados de estudios deberán ser válidos a la fecha de presentación
de la solicitud de admisión a examen.
c) En el caso de exigencia de experiencia laboral en la reglamentación específica, informe de vida laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social.
d) Certificado expedido por la entidad de formación relativo a la superación del curso o cursos de formación exigibles.
e) En el caso del carné de operador de grúa torre, superación de un examen médico
sobre agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva y aptitudes psicológicas.
f) Justificación del abono de la tasa correspondiente, de acuerdo con la Ley de Tasas
y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
En todo caso, siempre que se aporte la documentación exigida, se expedirá el carné o
certificado de cualificación de acuerdo a lo establecido en la legislación en vigor en la fecha de presentación de la solicitud de admisión al examen correspondiente.
Si a la fecha de entrada de la solicitud de carné o certificado de cualificación en la Dirección General de Promoción Económica e Industrial la norma que regula el acceso a la
actividad correspondiente hubiera sido modificada, se actuará conforme a lo que se establezca en la nueva normativa en vigor, pudiéndose, en caso de que así se especifique, perderse el derecho al carné o al certificado de cualificación correspondiente.
Duodécima
Norma general
BOCM-20230102-18
El Tribunal calificador resolverá cuantas incidencias se susciten en el transcurso de las
presentes convocatorias y contra sus resoluciones podrá interponerse reclamación en vía
administrativa en el plazo de un mes, ante la Directora General de Promoción Económica
e Industrial.
Madrid, a 20 de diciembre de 2022.—La Directora General de Promoción Económica
e Industrial, Mar Paños Arriba.