B) Autoridades y Personal - UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (BOCM-20230102-15)
Concurso cuerpos docentes – Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de funcionarios de carrera de los cuerpos docentes universitarios
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 1
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE ENERO DE 2023
Pág. 117
subsanable, y determinará la exclusión del aspirante. No obstante, de conformidad
con Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de
Madrid, estarán exentos del pago de la tasa, debiéndose remitir en formato electrónico la correspondiente acreditación:
— Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.
— Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
— Las víctimas de violencia de género.
— Las familias numerosas, en los siguientes términos:
a) 100% de exención a los miembros de familias de categoría especial.
b) 50% de exención a los miembros de familias de categoría general.
Al efecto de la presentación de la instancia, los aspirantes podrán consultar las normas
de presentación de documentación ante el Registro General de la Universidad de Alcalá, en
el siguiente enlace: https://www.uah.es/export/sites/uah/es/conoce-la-uah/organizacion-ygobierno/.galleries/galeria-de-descargas-de-servicios-adminstrativos/Registro-Web.pdf
El Anexo II de esta convocatoria (instancia), podrá obtenerse también en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Alcalá: https://www.uah.es/es/empleopublico/PDI/impresos/
Cuarta
Admisión de aspirantes
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de quince
días hábiles, la Universidad hará pública la lista provisional de admitidos y excluidos en la
siguiente dirección de Internet: https://www.uah.es/es/empleo-publico/PDI/convocatoria/
(Personal Docente e Investigador, PDI).
Los interesados dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para subsanar el motivo de
exclusión o, en su caso, para formular reclamación.
4.2. Finalizado el plazo anterior, la Universidad hará pública por los mismos medios
antes indicados la Resolución declarando aprobada la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos. Contra esta Resolución, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, en ambos casos a contar desde el día siguiente a su publicación.
Quinta
5.1. La composición de la Comisión es la que figura en el anexo III de esta convocatoria.
En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento de la misma se estará
a lo previsto en el artículo 6 del RDC y en el artículo 113 de los EUAH.
5.2. La Comisión deberá constituirse dentro de los tres meses siguientes a la publicación de esta convocatoria. Para ello el presidente titular de la Comisión convocará a los miembros titulares y, en su caso, a los suplentes para proceder al acto de constitución de la misma,
fijando lugar y fecha.
Simultáneamente el Presidente de la Comisión convocará a todos los candidatos admitidos para realizar el acto de presentación, con señalamiento del día, hora y lugar de su celebración. Ambas convocatorias habrán de ser notificadas a sus destinatarios con una antelación mínima de diez días naturales respecto a la fecha de celebración de los respectivos actos.
5.3. En el acto de constitución y con anterioridad al acto de presentación de los candidatos, la Comisión fijará y hará públicos los criterios específicos de valoración del concurso, que en cualquier caso tendrán que respetar los siguientes criterios generales:
— Investigación: 40%.
— Docencia Universitaria: 40%.
— Participación en tareas de gestión: 10%.
— Otros méritos: 10%.
Sexta
Acto de presentación
6.1. En el acto de presentación, que será público, los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la siguiente documentación: historial académico, docente e investi-
BOCM-20230102-15
Comisión de Valoración. Acto de constitución
B.O.C.M. Núm. 1
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LUNES 2 DE ENERO DE 2023
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subsanable, y determinará la exclusión del aspirante. No obstante, de conformidad
con Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de
Madrid, estarán exentos del pago de la tasa, debiéndose remitir en formato electrónico la correspondiente acreditación:
— Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.
— Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
— Las víctimas de violencia de género.
— Las familias numerosas, en los siguientes términos:
a) 100% de exención a los miembros de familias de categoría especial.
b) 50% de exención a los miembros de familias de categoría general.
Al efecto de la presentación de la instancia, los aspirantes podrán consultar las normas
de presentación de documentación ante el Registro General de la Universidad de Alcalá, en
el siguiente enlace: https://www.uah.es/export/sites/uah/es/conoce-la-uah/organizacion-ygobierno/.galleries/galeria-de-descargas-de-servicios-adminstrativos/Registro-Web.pdf
El Anexo II de esta convocatoria (instancia), podrá obtenerse también en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Alcalá: https://www.uah.es/es/empleopublico/PDI/impresos/
Cuarta
Admisión de aspirantes
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de quince
días hábiles, la Universidad hará pública la lista provisional de admitidos y excluidos en la
siguiente dirección de Internet: https://www.uah.es/es/empleo-publico/PDI/convocatoria/
(Personal Docente e Investigador, PDI).
Los interesados dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para subsanar el motivo de
exclusión o, en su caso, para formular reclamación.
4.2. Finalizado el plazo anterior, la Universidad hará pública por los mismos medios
antes indicados la Resolución declarando aprobada la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos. Contra esta Resolución, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, en ambos casos a contar desde el día siguiente a su publicación.
Quinta
5.1. La composición de la Comisión es la que figura en el anexo III de esta convocatoria.
En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento de la misma se estará
a lo previsto en el artículo 6 del RDC y en el artículo 113 de los EUAH.
5.2. La Comisión deberá constituirse dentro de los tres meses siguientes a la publicación de esta convocatoria. Para ello el presidente titular de la Comisión convocará a los miembros titulares y, en su caso, a los suplentes para proceder al acto de constitución de la misma,
fijando lugar y fecha.
Simultáneamente el Presidente de la Comisión convocará a todos los candidatos admitidos para realizar el acto de presentación, con señalamiento del día, hora y lugar de su celebración. Ambas convocatorias habrán de ser notificadas a sus destinatarios con una antelación mínima de diez días naturales respecto a la fecha de celebración de los respectivos actos.
5.3. En el acto de constitución y con anterioridad al acto de presentación de los candidatos, la Comisión fijará y hará públicos los criterios específicos de valoración del concurso, que en cualquier caso tendrán que respetar los siguientes criterios generales:
— Investigación: 40%.
— Docencia Universitaria: 40%.
— Participación en tareas de gestión: 10%.
— Otros méritos: 10%.
Sexta
Acto de presentación
6.1. En el acto de presentación, que será público, los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la siguiente documentación: historial académico, docente e investi-
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Comisión de Valoración. Acto de constitución