Boadilla del Monte (BOCM-20221230-79)
Urbanismo. Plan especial Montepríncipe
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 311
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 497
Limitaciones de superficies continúas pavimentadas. En el diseño de zonas verdes se
limitará la pavimentación continua de grandes superficies a fin de facilitar la permeabilidad
del terreno, de forma que el mismo absorba la mayor cantidad de agua posible. A tal fin se
evitará en lo posible la recogida y canalización generalizada de las aguas pluviales, procurando que el terreno filtre de forma natural.
3.2. Ordenación pormenorizada
Dado que el Ámbito propuesto presenta unos pequeños límites diferentes según el levantamiento topográfico realizado, en todo caso a los efectos de la presente propuesta se utiliza la superficie contemplada en la Ficha del PGOU 2015 de 13.519 m2, resultante del trazado en su límite Noroeste a lo largo del lindero existente entre la Parcela del Propietario
Único, objeto del presente PERI y la Parcela colindante correspondiente al Monte Boadilla,
calificado de Suelo Rústico, dicho lindero en su extremo Norte se abre y discurre por el límite exterior de acera del viario de la Avenida de Montepríncipe, y estableciendo el límite
del Sector en su lindero Noreste discurriendo por el trazado interior de la acera de la Avenida de Montepríncipe hasta coincidir en el extremo Norte, con el límite Noroeste descrito.
Proporción mínima de Redes Locales para el Área Homogénea AH42 en la que se sitúa el ámbito: (m2s/100 m2c) = 30.
Esto comporta que dado que la Superficie m2s que se propone en la presente Propuesta para Equipamiento Privado EQ-2 es de 6.470m2s (*) resulta preciso disponer, al menos,
de 6.470/100 × 30=1.941 m2 de suelo para Redes Locales.
ORDENANZAS PARTICULARES DE CADA UNA DE LAS ZONAS PLANIFICADAS
Parcela de equipamiento privado EQ-2:
PARÁMETRO
REGULACIÓN
Tipología de edificación
Edificación aislada
Alineaciones exteriores y retranqueos
5 m alineaciones exteriores y retranqueo de 20 m a fachada del Hospital existente.
Parcelación
6.470,00 m2s.
Ocupación máxima
60% de la parcela neta sobre rasante
100% de la parcela neta bajo rasante
Altura máxima
Sobre Rasante en dos (2) Plantas (Baja +1) y una tercera con una ocupación máxima del 20% de las
plantas inferiores hasta alcanzar el máximo de Edificabilidad de 6.470 m2c y 8 m de altura en la zona de
dos plantas y 12 m de altura en la zona de tres plantas (*).
Edificabilidad máxima
1,00 m2c/1 m2s = 6.470 m2c (*).
Uso principal.
Equipamiento Dotacional y Comercial Privado en todos sus Usos, Subtipos y Categorías.
Usos complementarios
Usos terciarios vinculados con equipamientos en una proporción no superior al 30% de la edificabilidad total.
Los usos terciarios en categorías 1.ª y 2.ª.
El uso comercial en categoría 1.ª.
Condiciones estéticas
Sin limitaciones específicas, las cubiertas podrán ser planas o inclinadas.
Parcela de SU- Servicios urbanos e infraestructurales:
Será de aplicación la Ordenanza SU-Servicios Urbanos e Infraestructurales del PGOU.
Será de aplicación la Ordenanza de Espacios de Transición (ET) y Zonas Verdes (ZV)
del P. G. O. U. específicamente la correspondiente a ZV-2 Parque Urbano, parque lineal y
áreas ajardinadas.
(*) En virtud de lo dispuesto en las Condiciones Singulares de la Ordenanza EQ-2
del PGOU : (*) Las zonas de equipamiento en general, las condiciones de ocupación, altura y edificabilidad que se regulan en esta ordenanza, se adaptarán a la singularidad de las
edificaciones, de tal modo que en los Planes Especiales o a través de Estudios de Detalle
concretos y posteriores, se podrán regular las excepcionalidades de sus arquitecturas y sus
instalaciones específicas, sin poder superar en ningún caso los niveles de aprovechamiento
permitidos, la parcela de EQ-2 se desdobla en Fases, una Zona destinada a Equipamiento
Dotacional y Comercial Privado en todos sus Usos, Subtipos y Categorías, con una Edificabilidad máxima de 6.470 m2c, que dada la singularidad del Uso se establece en un Área
de Movimiento delimitada por los preceptivos Retranqueos en la que se situará la futura
Edificación que se podrá desarrollar sobre Rasante en dos (2) Plantas (baja +1) y una tercera con una ocupación máxima del 20 por 100 de las plantas inferiores hasta alcanzar el
máximo de Edificabilidad de 6.470 m2c y 8 m de altura en la zona de dos plantas y 12 m.
BOCM-20221230-79
Parcelas de espacios de transición (ET) y zonas verdes (ZV):
B.O.C.M. Núm. 311
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 497
Limitaciones de superficies continúas pavimentadas. En el diseño de zonas verdes se
limitará la pavimentación continua de grandes superficies a fin de facilitar la permeabilidad
del terreno, de forma que el mismo absorba la mayor cantidad de agua posible. A tal fin se
evitará en lo posible la recogida y canalización generalizada de las aguas pluviales, procurando que el terreno filtre de forma natural.
3.2. Ordenación pormenorizada
Dado que el Ámbito propuesto presenta unos pequeños límites diferentes según el levantamiento topográfico realizado, en todo caso a los efectos de la presente propuesta se utiliza la superficie contemplada en la Ficha del PGOU 2015 de 13.519 m2, resultante del trazado en su límite Noroeste a lo largo del lindero existente entre la Parcela del Propietario
Único, objeto del presente PERI y la Parcela colindante correspondiente al Monte Boadilla,
calificado de Suelo Rústico, dicho lindero en su extremo Norte se abre y discurre por el límite exterior de acera del viario de la Avenida de Montepríncipe, y estableciendo el límite
del Sector en su lindero Noreste discurriendo por el trazado interior de la acera de la Avenida de Montepríncipe hasta coincidir en el extremo Norte, con el límite Noroeste descrito.
Proporción mínima de Redes Locales para el Área Homogénea AH42 en la que se sitúa el ámbito: (m2s/100 m2c) = 30.
Esto comporta que dado que la Superficie m2s que se propone en la presente Propuesta para Equipamiento Privado EQ-2 es de 6.470m2s (*) resulta preciso disponer, al menos,
de 6.470/100 × 30=1.941 m2 de suelo para Redes Locales.
ORDENANZAS PARTICULARES DE CADA UNA DE LAS ZONAS PLANIFICADAS
Parcela de equipamiento privado EQ-2:
PARÁMETRO
REGULACIÓN
Tipología de edificación
Edificación aislada
Alineaciones exteriores y retranqueos
5 m alineaciones exteriores y retranqueo de 20 m a fachada del Hospital existente.
Parcelación
6.470,00 m2s.
Ocupación máxima
60% de la parcela neta sobre rasante
100% de la parcela neta bajo rasante
Altura máxima
Sobre Rasante en dos (2) Plantas (Baja +1) y una tercera con una ocupación máxima del 20% de las
plantas inferiores hasta alcanzar el máximo de Edificabilidad de 6.470 m2c y 8 m de altura en la zona de
dos plantas y 12 m de altura en la zona de tres plantas (*).
Edificabilidad máxima
1,00 m2c/1 m2s = 6.470 m2c (*).
Uso principal.
Equipamiento Dotacional y Comercial Privado en todos sus Usos, Subtipos y Categorías.
Usos complementarios
Usos terciarios vinculados con equipamientos en una proporción no superior al 30% de la edificabilidad total.
Los usos terciarios en categorías 1.ª y 2.ª.
El uso comercial en categoría 1.ª.
Condiciones estéticas
Sin limitaciones específicas, las cubiertas podrán ser planas o inclinadas.
Parcela de SU- Servicios urbanos e infraestructurales:
Será de aplicación la Ordenanza SU-Servicios Urbanos e Infraestructurales del PGOU.
Será de aplicación la Ordenanza de Espacios de Transición (ET) y Zonas Verdes (ZV)
del P. G. O. U. específicamente la correspondiente a ZV-2 Parque Urbano, parque lineal y
áreas ajardinadas.
(*) En virtud de lo dispuesto en las Condiciones Singulares de la Ordenanza EQ-2
del PGOU : (*) Las zonas de equipamiento en general, las condiciones de ocupación, altura y edificabilidad que se regulan en esta ordenanza, se adaptarán a la singularidad de las
edificaciones, de tal modo que en los Planes Especiales o a través de Estudios de Detalle
concretos y posteriores, se podrán regular las excepcionalidades de sus arquitecturas y sus
instalaciones específicas, sin poder superar en ningún caso los niveles de aprovechamiento
permitidos, la parcela de EQ-2 se desdobla en Fases, una Zona destinada a Equipamiento
Dotacional y Comercial Privado en todos sus Usos, Subtipos y Categorías, con una Edificabilidad máxima de 6.470 m2c, que dada la singularidad del Uso se establece en un Área
de Movimiento delimitada por los preceptivos Retranqueos en la que se situará la futura
Edificación que se podrá desarrollar sobre Rasante en dos (2) Plantas (baja +1) y una tercera con una ocupación máxima del 20 por 100 de las plantas inferiores hasta alcanzar el
máximo de Edificabilidad de 6.470 m2c y 8 m de altura en la zona de dos plantas y 12 m.
BOCM-20221230-79
Parcelas de espacios de transición (ET) y zonas verdes (ZV):