C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221230-23)
Requisitos fiscalización previa – Orden de 27 de diciembre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen los requisitos adicionales de la modalidad de fiscalización previa de requisitos esenciales de los expedientes de contratación, encargos a medios propios, convenios y prestaciones económicas en materia social y sanitaria
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 311
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 177
de las variaciones incluidas en la nómina del mes de que se trate (altas, bajas y modificaciones).
b) Comprobación de que se incorpora certificado expedido por el órgano gestor acreditativo del mantenimiento de los requisitos exigidos al beneficiario o beneficiarios para proceder al pago en el que se indique, expresamente, que dicho pago se
va a efectuar en una cuenta bancaria designada por aquél.
SECCIÓN 2.a
Prestaciones económicas para apoyar el acogimiento familiar de menores
Artículo 11
Extremos a verificar en la fiscalización previa de la fase de disposición del gasto
en los expedientes de prestaciones para apoyar el acogimiento familiar de menores
En los expedientes de prestaciones para apoyar el acogimiento familiar de menores en
el momento de la fiscalización previa de la fase de disposición del gasto, se comprobará que
se incorpora al expediente:
a) Informe del órgano gestor en el que conste que de la información que obra en su
poder se desprende que las personas propuestas como perceptores cumplen todos
los requisitos necesarios para acceder a la prestación.
b) Propuesta de resolución en la que conste la cuantía mensual de la prestación, la fecha de devengo y resto de datos necesarios para el cálculo económico de la misma y las obligaciones asumidas por los perceptores.
Artículo 12
Extremos a verificar en la fiscalización previa de un gasto adicional en los expedientes
de prestaciones para apoyar el acogimiento familiar de menores
En los expedientes de prestaciones para apoyar el acogimiento familiar de menores en
el momento de la fiscalización previa de un gasto adicional correspondiente a la modificación de la prestación se comprobará que se incorpora al expediente:
a) Informe actualizado sobre la valoración económica suscrita por técnico competente.
b) Propuesta de resolución en la que conste la cuantía mensual de la prestación, la fecha de devengo y resto de datos necesarios para el cálculo económico de la misma y las circunstancias personales o económicas del beneficiario que motivan la
modificación.
Artículo 13
En los pagos mensuales de los expedientes de prestaciones para apoyar el acogimiento familiar de menores, se realizarán las siguientes verificaciones:
a) Comprobación de que las altas e incrementos en nómina corresponden a resoluciones del órgano competente reconociendo el derecho fiscalizadas de conformidad.
b) Comprobación aritmética de la propuesta, que se realizará efectuando el cuadre
del total de la nómina con el que resulte del período anterior, más la suma algebraica de las variaciones (altas, bajas y modificaciones) incluidas en la nómina del
período actual.
c) Comprobación de que se incorpora certificado expedido por el servicio o unidad
gestora correspondiente del cumplimiento de los requisitos y obligaciones exigidos al beneficiario o beneficiarios para mantener la prestación y proceder al pago,
en el que se indique, expresamente, que dicho pago se va a efectuar en una cuenta bancaria designada por aquel.
BOCM-20221230-23
Extremos a verificar en la fiscalización previa de la fase de reconocimiento
de obligaciones en los expedientes de prestaciones para apoyar el acogimiento
familiar de menores
B.O.C.M. Núm. 311
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de las variaciones incluidas en la nómina del mes de que se trate (altas, bajas y modificaciones).
b) Comprobación de que se incorpora certificado expedido por el órgano gestor acreditativo del mantenimiento de los requisitos exigidos al beneficiario o beneficiarios para proceder al pago en el que se indique, expresamente, que dicho pago se
va a efectuar en una cuenta bancaria designada por aquél.
SECCIÓN 2.a
Prestaciones económicas para apoyar el acogimiento familiar de menores
Artículo 11
Extremos a verificar en la fiscalización previa de la fase de disposición del gasto
en los expedientes de prestaciones para apoyar el acogimiento familiar de menores
En los expedientes de prestaciones para apoyar el acogimiento familiar de menores en
el momento de la fiscalización previa de la fase de disposición del gasto, se comprobará que
se incorpora al expediente:
a) Informe del órgano gestor en el que conste que de la información que obra en su
poder se desprende que las personas propuestas como perceptores cumplen todos
los requisitos necesarios para acceder a la prestación.
b) Propuesta de resolución en la que conste la cuantía mensual de la prestación, la fecha de devengo y resto de datos necesarios para el cálculo económico de la misma y las obligaciones asumidas por los perceptores.
Artículo 12
Extremos a verificar en la fiscalización previa de un gasto adicional en los expedientes
de prestaciones para apoyar el acogimiento familiar de menores
En los expedientes de prestaciones para apoyar el acogimiento familiar de menores en
el momento de la fiscalización previa de un gasto adicional correspondiente a la modificación de la prestación se comprobará que se incorpora al expediente:
a) Informe actualizado sobre la valoración económica suscrita por técnico competente.
b) Propuesta de resolución en la que conste la cuantía mensual de la prestación, la fecha de devengo y resto de datos necesarios para el cálculo económico de la misma y las circunstancias personales o económicas del beneficiario que motivan la
modificación.
Artículo 13
En los pagos mensuales de los expedientes de prestaciones para apoyar el acogimiento familiar de menores, se realizarán las siguientes verificaciones:
a) Comprobación de que las altas e incrementos en nómina corresponden a resoluciones del órgano competente reconociendo el derecho fiscalizadas de conformidad.
b) Comprobación aritmética de la propuesta, que se realizará efectuando el cuadre
del total de la nómina con el que resulte del período anterior, más la suma algebraica de las variaciones (altas, bajas y modificaciones) incluidas en la nómina del
período actual.
c) Comprobación de que se incorpora certificado expedido por el servicio o unidad
gestora correspondiente del cumplimiento de los requisitos y obligaciones exigidos al beneficiario o beneficiarios para mantener la prestación y proceder al pago,
en el que se indique, expresamente, que dicho pago se va a efectuar en una cuenta bancaria designada por aquel.
BOCM-20221230-23
Extremos a verificar en la fiscalización previa de la fase de reconocimiento
de obligaciones en los expedientes de prestaciones para apoyar el acogimiento
familiar de menores