Pezuela de las Torres (BOCM-20221230-194)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 311
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 961
que las convoca, clase y número de plazas, fecha y número del boletín o diarios oficiales en
que se han publicado las bases y la convocatoria. A partir del día siguiente al de la fecha de
publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, se comenzará a contar los plazos a efectos
administrativos.
1.7. La composición de los tribunales, las listas de admitidos y excluidos, y toda la
información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen
en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al público en la sede electrónica del Ayuntamiento de Pezuela de las Torres (tablón de anuncios), así como en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Pezuela de las Torres.
Segunda. Condiciones de Admisión de Aspirantes
2.1. Para formar parte en las pruebas de selección, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, será necesario reunir las siguientes condiciones generales, en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por
el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban n el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida para cada plaza.
Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación a título habilitante español o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia a titulación de
nivel académico universitario oficial, y los aspirantes con titulaciones no universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
2.2. Todos los requisitos establecidos deberán ser reunidos el día en que finalice el
plazo para la presentación de solicitudes, siendo responsabilidad de quien presenta dicha
solicitud la veracidad de los datos y el cumplimiento de los requisitos indicados.
Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso, hasta el momento de la toma
de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionados/as, del modo indicado en las
bases de la convocatoria.
Las solicitudes (Anexo III), requiriendo tomar parte en el proceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales
para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el
“Boletín Oficial del Estado”.
Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía electrónica.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse.
BOCM-20221230-194
Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias
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que las convoca, clase y número de plazas, fecha y número del boletín o diarios oficiales en
que se han publicado las bases y la convocatoria. A partir del día siguiente al de la fecha de
publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, se comenzará a contar los plazos a efectos
administrativos.
1.7. La composición de los tribunales, las listas de admitidos y excluidos, y toda la
información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen
en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al público en la sede electrónica del Ayuntamiento de Pezuela de las Torres (tablón de anuncios), así como en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Pezuela de las Torres.
Segunda. Condiciones de Admisión de Aspirantes
2.1. Para formar parte en las pruebas de selección, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, será necesario reunir las siguientes condiciones generales, en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por
el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban n el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida para cada plaza.
Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación a título habilitante español o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia a titulación de
nivel académico universitario oficial, y los aspirantes con titulaciones no universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
2.2. Todos los requisitos establecidos deberán ser reunidos el día en que finalice el
plazo para la presentación de solicitudes, siendo responsabilidad de quien presenta dicha
solicitud la veracidad de los datos y el cumplimiento de los requisitos indicados.
Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso, hasta el momento de la toma
de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionados/as, del modo indicado en las
bases de la convocatoria.
Las solicitudes (Anexo III), requiriendo tomar parte en el proceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales
para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el
“Boletín Oficial del Estado”.
Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía electrónica.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse.
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Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias