Colmenarejo (BOCM-20221230-109)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 311

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

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La fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. La puntuación obtenida en la fase
de concurso no podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición.
7.3. Sistema de concurso:
Los procesos selectivos que se desarrollen mediante el sistema de concurso tendrán
una puntuación máxima a alcanzar de 100 puntos, distribuidos según determinen las correspondientes bases específicas.
Este sistema se aplicará conforme a lo dispuesto en la normativa de aplicación y, especialmente, en la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción
de la temporalidad en el empleo público, y consistirá en la valoración de los méritos alegados a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación y debidamente acreditados por los aspirantes en el momento la Administración lo solicite, de
conformidad con lo dispuesto en las presentes Bases, en las bases específicas, y de acuerdo con el modelo de “Autobaremo de Méritos” y los criterios de valoración establecidos.
7.4. Justificación de las pruebas a desarrollar y los méritos evaluables:
Las pruebas que forman parte de la fase de oposición, así como los méritos enmarcados en el concurso que esta Administración disponga en las correspondientes bases específicas, tendrán en cuenta el tipo de plaza de que se trate, las tareas a atender y, especialmente, la finalidad excepcional de este sistema, cual es estabilizar plazas teniendo muy en
consideración la antigüedad de las personas interinas de larga duración (con independencia
de su régimen jurídico).
De ahí la tipología de pruebas a requerir, que tendrán un marcado carácter práctico o
teórico-práctico, según el caso, así como en el concurso, el peso específico de la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones Públicas y, más en concreto, en el Ayuntamiento de Colmenarejo.
Desarrollo del proceso selectivo

8.1. Listado provisional de puntuaciones:
En los procesos selectivos desarrollados mediante el sistema de concurso-oposición,
el resultado será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase
de concurso.
En los procesos selectivos desarrollados mediante el sistema de concurso, el resultado
será la suma de las puntuaciones obtenidas en la valoración de los méritos.
El Tribunal calificador elaborará un listado provisional con las puntuaciones ordenadas, de mayor a menor, de cada persona aspirante, y se expondrán en el tablón de anuncios
de la sede electrónica del Ayuntamiento. La puntuación expuesta por los méritos lo será de
conformidad con el “Autobaremo de méritos”.
8.2. Baremación por el Tribunal:
Tras la publicación, el órgano de selección procederá a requerir copia de los
certificados, diplomas o títulos acreditativos de los méritos alegados en el autobaremo
de méritos a un número de aspirantes igual a 20 más el número de plazas convocadas en la
correspondiente categoría que conforme con el autobaremo de méritos presentado acrediten una mayor puntuación en el concurso.
No obstante, cuando por haber varios/as aspirantes con idéntica puntuación sea imposible determinar a cuál de los aspirantes empatados solicitar documentación, se deberá solicitar esta a todos/as los/as aspirantes empatados/as, aun cuando se supere el número anteriormente indicado, hasta llegar al siguiente tramo de puntuación.
El resto de las personas aspirantes que no llegue a dicha puntuación quedará
en situación de “pendiente de revisión”.
8.3. Aportación de copias acreditativas de los méritos alegados y lugar de presentación:
Tras la publicación las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días naturales (5)
contados a partir del día siguiente a dicha publicación, para aportar fotocopia de todos aquellos documentos acreditativos de los méritos consignados, en la forma en que se indique en la
publicación, teniendo en consideración lo dispuesto en los dos siguientes apartados.
En el caso de que el último día del plazo de presentación de solicitudes sea sábado, domingo o festivo, se entenderá que el mismo finaliza el primer día hábil siguiente.
El límite temporal de validez de cualquiera de los méritos aportados será la fecha de
finalización del plazo para presentar las solicitudes de participación.

BOCM-20221230-109

Base 8.a