B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20221230-8)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 311

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

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aspirantes del sistema general que pudieran obtener plaza, será incluida por su orden de
puntuación en el sistema de acceso general.
1.3. Las personas aspirantes sólo podrán participar por un único ámbito territorial y,
en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial
no se podrán acumular a otro distinto, sin perjuicio de lo dispuesto a continuación y en la
en la base 7.7.
No se admitirá la modificación del ámbito territorial elegido una vez presentada la solicitud, salvo para el caso de que se produjeran vacantes en un determinado ámbito territorial, en cuyo caso se ofrecerá relación complementaria a los aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios en la fase de oposición y valorados sus méritos en la fase de
concurso, sigan a los propuestos hasta completar el total de plazas convocadas.
Así, de este modo, si en un ámbito territorial hubiese aspirantes que habiendo obtenido
la puntuación mínima fijada para cada uno de los ejercicios de la oposición y habiendo sido
baremados sus méritos no superasen el proceso selectivo al venir el número de personas
aprobadas limitado por el número de plazas convocadas en ese ámbito territorial y en otro
ámbito territorial hubiesen quedado plazas sin cubrir, estas plazas vacantes podrán ser ofertadas a los aspirantes que superaron los ejercicios, pero no la oposición, en su ámbito, de mayor a menor nota, debiendo manifestar expresamente su conformidad con el cambio de ámbito territorial y su inclusión a continuación del último o última candidata que aprobó por el
ámbito en el que le ha ofertado la plaza vacante existente. Si la persona aspirante con la nota
más alta rechazase esta posibilidad, se pasará a la siguiente y así sucesivamente.
1.4. No se admitirá la modificación del ámbito territorial elegido una vez presentada la solicitud, sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente.
1.5. Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el
“Boletín Oficial del Estado” y en los boletines oficiales de las Comunidades Autónomas
donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible, todos los términos y plazos establecidos en la presente Orden se contarán a partir de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
2. Proceso Selectivo
2.1. El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema de oposición.
2.2. Los ejercicios que componen cada proceso se describen en el Anexo III a) para
el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa), Anexo IV a) para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y Anexo V a) para el Cuerpo de Auxilio Judicial. En todo
caso, la nota mínima para superar cada uno de los ejercicios, que tienen carácter eliminatorio, será del 50% de la nota máxima posible del respectivo ejercicio.
2.3. En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo en cada ámbito a
un número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo nulas
de pleno derecho las propuestas de personas aprobadas que contravengan esta limitación.
2.4. En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma calificación total en la fase de oposición, se deshará el empate: primero, atendiendo a la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio; segundo: atendiendo a la mayor calificación obtenida
en el segundo ejercicio; tercero: atendiendo a la mayor calificación obtenida en el tercer
ejercicio, si lo hubiera. Por último, si aún persistiera el empate primará la primera letra del
primer apellido empezando por la letra “U”, de acuerdo con la Resolución de 9 de mayo
de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de
la Administración del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 13 de mayo). En el supuesto
de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “U”,
el empate se dirimirá por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “V”, y así sucesivamente.

Los programas que han de regir en la oposición se contienen en el Anexo VI de esta
convocatoria. El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará
a la normativa publicada en el “Boletín Oficial del Estado” en la fecha de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor.

BOCM-20221230-8

3. Programa