B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20221230-8)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 311

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

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rado por un número de personas aspirantes superior al de plazas convocatorias, se prevé la
posibilidad que tales plazas vacantes puedan ser ofertadas a las personas aspirantes de otros
ámbitos, previa su aceptación de cambio de ámbito territorial por el que se presentaron,
dado que los cortes de los distintos ejercicios será el mismo en todos los ámbitos territoriales con independencia del número de plazas convocadas o de instancias presentadas.
Igualdad efectiva entre mujeres y hombres
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y en los
Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, así como la normativa sobre protección de datos de carácter personal.
Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal
La convocatoria tiene también en cuenta los principios de igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad y sus derechos, de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, el
Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de
persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad
de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, y el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la
igualdad de trato y la no discriminación, con el objeto de garantizar y promover el derecho
a la igualdad de trato y no discriminación, la convocatoria no establece limitaciones, segregaciones o exclusiones en el acceso al empleo público por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad o condición de salud, estado serológico y/o
predisposición genética a sufrir patologías y trastornos, lengua, situación socioeconómica,
o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, salvo diferencias de trato cuando los criterios para tal diferenciación sean razonables y objetivos y lo que se persiga es lograr un propósito legítimo o así venga autorizado por norma con rango de ley, o cuando resulten de disposiciones normativas o decisiones generales de las administraciones públicas
destinadas a proteger a las personas, o a grupos de población necesitados de acciones específicas para mejorar sus condiciones de vida o favorecer su incorporación al trabajo o a distintos bienes y servicios esenciales y garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades en
condiciones de igualdad.
Este proceso se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Las bases por las que se regirá la presente convocatoria serán, además de las que se establecen en la presente Orden, las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio,
por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en lo que
resulten de aplicación y no contradigan a las presentes.
En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, y el resto de la normativa del Estado sobre Función Pública.
La presente convocatoria se publicará en las páginas webs del punto de acceso general ( www.administracion.gob.es ) y del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo público).
1. Descripción de las plazas
1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir por el turno libre, a través del sistema
de oposición, 1.091 plazas en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, 1.191 plazas

BOCM-20221230-8

BASES