A) Disposiciones Generales - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221230-1)
Autorización centro universitario – Decreto 133/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza el inicio de actividades de la universidad privada Universidad de Diseño, Innovación y Tecnología (UDIT) y se aprueban sus normas de organización y funcionamiento
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 30
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
f) Elaborar la Memoria de investigación y postgrado en cada curso académico.
g) Promover la innovación, la transferencia de tecnología y la relación con el tejido
empresarial.
h) Diseñar y promover programas de formación continua.
i) Diseñar y difundir metodologías y programas de formación online, así como organizar su estructura de funcionamiento.
Artículo 28
La Comisión de Doctorado
1. Es el órgano responsable de la definición, actualización, calidad y coordinación
del programa de Doctorado, así como de la supervisión del progreso de la investigación y
la formación del doctorando, de la autorización de la presentación de la tesis y de la gestión
y publicación de resultados de los diferentes programas de doctorado que se puedan llegar
a impartir.
2. Son miembros de la Comisión de Doctorado:
a)
b)
c)
d)
Vicerrector/a de Investigación.
Director/a del Programa de Doctorado.
Directores/as de los Grupos de Investigación.
El Director/a de la Oficina de Transferencia de Resultados de la Investigación
(OTRI).
3. La Comisión de Doctorado será convocada por el Vicerrector/a de Investigación,
que fijará el orden del día. Asimismo, podrán asistir con voz, pero sin voto, otros cargos y
personas por invitación del Vicerrector/a de Investigación.
Capítulo III
Órganos Unipersonales
SECCIÓN 1.a
Presidente/a
Artículo 29
Naturaleza
Es la máxima autoridad de la Universidad, siendo nombrado/a y removido/a por el Órgano de Administración.
Artículo 30
Competencias
1. Representar oficialmente a la Universidad ante los poderes públicos y entidades
públicas o privadas.
2. Presidir el Órgano de Administración.
3. Impulsar la creación de nuevos centros y líneas de actividad.
SECCIÓN 2.a
Artículo 31
Naturaleza
1. Es la máxima autoridad ejecutiva de la Universidad, siendo nombrado/a y removido/a por el Órgano de Administración.
2. Es el responsable de la gestión económico-administrativa de la Universidad, siendo propuesto por el Rector.
BOCM-20221230-1
Gerente
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 30
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
f) Elaborar la Memoria de investigación y postgrado en cada curso académico.
g) Promover la innovación, la transferencia de tecnología y la relación con el tejido
empresarial.
h) Diseñar y promover programas de formación continua.
i) Diseñar y difundir metodologías y programas de formación online, así como organizar su estructura de funcionamiento.
Artículo 28
La Comisión de Doctorado
1. Es el órgano responsable de la definición, actualización, calidad y coordinación
del programa de Doctorado, así como de la supervisión del progreso de la investigación y
la formación del doctorando, de la autorización de la presentación de la tesis y de la gestión
y publicación de resultados de los diferentes programas de doctorado que se puedan llegar
a impartir.
2. Son miembros de la Comisión de Doctorado:
a)
b)
c)
d)
Vicerrector/a de Investigación.
Director/a del Programa de Doctorado.
Directores/as de los Grupos de Investigación.
El Director/a de la Oficina de Transferencia de Resultados de la Investigación
(OTRI).
3. La Comisión de Doctorado será convocada por el Vicerrector/a de Investigación,
que fijará el orden del día. Asimismo, podrán asistir con voz, pero sin voto, otros cargos y
personas por invitación del Vicerrector/a de Investigación.
Capítulo III
Órganos Unipersonales
SECCIÓN 1.a
Presidente/a
Artículo 29
Naturaleza
Es la máxima autoridad de la Universidad, siendo nombrado/a y removido/a por el Órgano de Administración.
Artículo 30
Competencias
1. Representar oficialmente a la Universidad ante los poderes públicos y entidades
públicas o privadas.
2. Presidir el Órgano de Administración.
3. Impulsar la creación de nuevos centros y líneas de actividad.
SECCIÓN 2.a
Artículo 31
Naturaleza
1. Es la máxima autoridad ejecutiva de la Universidad, siendo nombrado/a y removido/a por el Órgano de Administración.
2. Es el responsable de la gestión económico-administrativa de la Universidad, siendo propuesto por el Rector.
BOCM-20221230-1
Gerente