A) Disposiciones Generales - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221230-1)
Autorización centro universitario – Decreto 133/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza el inicio de actividades de la universidad privada Universidad de Diseño, Innovación y Tecnología (UDIT) y se aprueban sus normas de organización y funcionamiento
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BOCM
Pág. 24
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
Capítulo II
Órganos Colegiados
SECCIÓN 1.a
Órgano de Administración
Artículo 14
Concepto y naturaleza
1. El Órgano de Administración de “Estudios Superiores Internacionales, S. L.”, es
el máximo órgano de gobierno de UDIT, rigiéndose su funcionamiento y composición por
la legislación correspondiente. Asegurando, en todo caso, mediante una participación adecuada, la representación de los diferentes sectores de la comunidad universitaria de forma
que propicie la presencia equilibrada entre mujeres y hombres.
2. La representación legal de UDIT corresponde al Órgano de Administración, en
cuanto que es la forma admitida en Derecho que adopta la Universidad de acuerdo con lo
dispuesto en la legislación mercantil y en sus estatutos mercantiles.
3. El/la Presidente/a del Órgano de Administración, es el máximo responsable de la
gestión y está dotado de la autoridad necesaria para ejercer sus responsabilidades. Además,
presidirá todos los actos y reuniones a las que asista, siendo la máxima autoridad de UDIT.
Artículo 15
El Órgano de Administración de UDIT establece las líneas estratégicas de la Universidad, así como las directrices y procedimientos para su aplicación y ejerce las funciones
previstas en las presentes Normas de Organización y Funcionamiento y en los Reglamentos de la propia Universidad. Entre otras, le corresponden las competencias siguientes:
a) Aprobar la planificación estratégica de la Universidad.
b) Aprobar el presupuesto y las cuentas anuales de la Universidad.
c) Aprobar los precios de todas las enseñanzas impartidas por la Universidad.
d) Establecer las directrices generales en materia de recursos humanos.
e) Aprobar la creación, de empresas, fundaciones u otras personas jurídicas, de
acuerdo con la legislación aplicable.
f) Aprobar las acciones de desarrollo de infraestructuras universitarias.
g) Aprobar las propuestas de modificación de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad y restante normativa propia, así como el procedimiento electoral en los casos que proceda.
h) Aprobar las propuestas a la Administración para la implantación, modificación y
supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales y con validez en todo el territorio nacional.
i) Contratar personal, despedir y sancionar.
j) Establecer criterios generales de concesión de becas y demás ayudas que se otorguen con cargo a los fondos de la Universidad.
k) Aprobar el nombramiento de Doctores/as Honoris Causa y la concesión de las medallas de la Universidad.
l) Estudiar y decidir sobre las propuestas que le someta el Rector/a, el Consejo de
Gobierno o cualquier otro Órgano de la Universidad.
m) Adquirir, conservar, administrar y enajenar los bienes necesarios para dar cumplimiento a los fines de UDIT.
n) Designar y remover a los miembros del Consejo de Gobierno.
o) Designar y remover órganos unipersonales.
p) Nombrar al Defensor/a Universitario/a.
q) Ejercer todas aquellas que le confiere la legislación vigente.
BOCM-20221230-1
Competencias
Pág. 24
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
Capítulo II
Órganos Colegiados
SECCIÓN 1.a
Órgano de Administración
Artículo 14
Concepto y naturaleza
1. El Órgano de Administración de “Estudios Superiores Internacionales, S. L.”, es
el máximo órgano de gobierno de UDIT, rigiéndose su funcionamiento y composición por
la legislación correspondiente. Asegurando, en todo caso, mediante una participación adecuada, la representación de los diferentes sectores de la comunidad universitaria de forma
que propicie la presencia equilibrada entre mujeres y hombres.
2. La representación legal de UDIT corresponde al Órgano de Administración, en
cuanto que es la forma admitida en Derecho que adopta la Universidad de acuerdo con lo
dispuesto en la legislación mercantil y en sus estatutos mercantiles.
3. El/la Presidente/a del Órgano de Administración, es el máximo responsable de la
gestión y está dotado de la autoridad necesaria para ejercer sus responsabilidades. Además,
presidirá todos los actos y reuniones a las que asista, siendo la máxima autoridad de UDIT.
Artículo 15
El Órgano de Administración de UDIT establece las líneas estratégicas de la Universidad, así como las directrices y procedimientos para su aplicación y ejerce las funciones
previstas en las presentes Normas de Organización y Funcionamiento y en los Reglamentos de la propia Universidad. Entre otras, le corresponden las competencias siguientes:
a) Aprobar la planificación estratégica de la Universidad.
b) Aprobar el presupuesto y las cuentas anuales de la Universidad.
c) Aprobar los precios de todas las enseñanzas impartidas por la Universidad.
d) Establecer las directrices generales en materia de recursos humanos.
e) Aprobar la creación, de empresas, fundaciones u otras personas jurídicas, de
acuerdo con la legislación aplicable.
f) Aprobar las acciones de desarrollo de infraestructuras universitarias.
g) Aprobar las propuestas de modificación de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad y restante normativa propia, así como el procedimiento electoral en los casos que proceda.
h) Aprobar las propuestas a la Administración para la implantación, modificación y
supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales y con validez en todo el territorio nacional.
i) Contratar personal, despedir y sancionar.
j) Establecer criterios generales de concesión de becas y demás ayudas que se otorguen con cargo a los fondos de la Universidad.
k) Aprobar el nombramiento de Doctores/as Honoris Causa y la concesión de las medallas de la Universidad.
l) Estudiar y decidir sobre las propuestas que le someta el Rector/a, el Consejo de
Gobierno o cualquier otro Órgano de la Universidad.
m) Adquirir, conservar, administrar y enajenar los bienes necesarios para dar cumplimiento a los fines de UDIT.
n) Designar y remover a los miembros del Consejo de Gobierno.
o) Designar y remover órganos unipersonales.
p) Nombrar al Defensor/a Universitario/a.
q) Ejercer todas aquellas que le confiere la legislación vigente.
BOCM-20221230-1
Competencias