Cercedilla (BOCM-20221227-79)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
En el caso de desestimación presunta del recurso de reposición, la interposición del recurso contencioso-administrativo no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 52/2014, de
10 de abril de 2014.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente.
ANEXO II
BAREMO
Punto 1. Experiencia profesional: criterios de baremación
La experiencia profesional se acreditará mediante: contratos de trabajo, nombramientos o certificado de servicios prestados expedido por la Administración Pública correspondiente. Indicarán:
— Denominación del puesto de trabajo.
— Vínculo o régimen jurídico: relación laboral o funcionario interino.
— Período: Fecha de inicio y fin, y siempre referido éste ultimo a la fecha de presentación de instancias.
No computarán los servicios realizados mediante:
— La experiencia adquirida como empleado de empresas privadas, y empresas privadas que prestan servicios en centros de gestión indirecta externalizados por las administraciones.
— La experiencia adquirida mediante contratos mercantiles con las administraciones
o contratos de prestación de servicios sujetos a la legislación de contratos del sector público.
— Contratos en régimen de colaboración social.
— Contratos de formación, ni de becas de colaboración o formación.
Los servicios prestados simultáneamente, por el mismo período, en diferentes Administraciones Públicas se contabilizarán por un solo apartado teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente.
La puntuación total del punto 1, experiencia profesional, vendrá determinada por la
suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes apartados del punto 1, hasta su máximo establecido.
La no presentación de documentación (certificados de tiempo de servicios, contratos,
nombramientos) otorgará una puntuación de 0 puntos.
La experiencia profesional en el Ayuntamiento de Cercedilla será acreditada de oficio
ante el Tribunal de Selección, por el Departamento de Personal.
Punto 2. Méritos de formación: criterios de baremación
Acciones formativas debidamente acreditadas mediante título, diploma o certificado,
impartidas por:
— Administraciones Públicas u organismos públicos.
— Universidades, conservatorios, centros del profesorado, colegios profesionales, y
centros oficiales.
— Entidades acogidas a los Planes de Formación Continua de las Administraciones
Públicas.

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