Villanueva del Pardillo (BOCM-20221227-133)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

nales, así como por centros o entidades acogidos al Plan de Formación continua de
las Administraciones Públicas. En todo caso, las acciones formativas deberán estar
directamente relacionados con las funciones de la plaza convocada o con a la adquisición de competencias, habilidades y actitudes transversales.
A estos efectos, se considera materia transversal: administración local, prevención
de riesgos laborales, igualdad, no discriminación y prevención violencia de género, técnicas de comunicación, función pública y legislación laboral, trabajo en equipo, transparencia en el acceso a la información pública, protección de datos, idiomas, informática/ofimática, procedimiento administrativo, calidad de los servicios
y digitalización en la administración electrónica.
La acreditación de cursos de formación y perfeccionamiento se realizará mediante
aportación de fotocopia de los correspondientes títulos o certificados emitidos por
las instituciones formadoras correspondientes, debiendo incluir la identificación
de la persona titular, las horas de duración o créditos equivalentes, la temática, la
fecha de emisión y el organismo emisor.
No se valorarán los siguientes cursos:
d Los cursos que no acrediten las horas de duración.
d Los cursos con una duración inferior a 15 horas lectivas.
d Los derivados de procesos selectivos.
d Los diplomas relativos a seminarios, jornadas y similares.
— Titulaciones académicas:
La acreditación de las titulaciones académicas se realizará mediante la copia del
título respectivo y, en su caso, el documento acreditativo de su equivalencia.
9.6. Comprobación de la autobaremación, por el Tribunal calificador:
El Tribunal calificador comprobará la autobaremación realizada por las personas aspirantes, revisando la documentación acreditativa de los méritos alegados con los consignados por los candidatos/as y la puntuación que, en base a los mismos y a lo dispuesto en estas bases, ha dispuesto cada persona.
El Tribunal calificador comprobará que los méritos alegados se poseen el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en el modelo de “Autobaremo de Méritos”, no teniéndose en cuenta, por ende, los méritos que no hayan sido auto baremados por
las personas interesadas.
Además, el “Autobaremo de Méritos” vincula al órgano de selección, no pudiendo
otorgar una puntuación mayor a la consignada por los/las interesados/as en cada uno de los
apartados del baremo de méritos.
La consignación de datos falsos o la falsedad documental aportada conllevará la exclusión del proceso, sin perjuicio de las medidas legales oportunas correspondientes.
En el supuesto de que el Tribunal calificador haya optado por establecer una nota de
corte, revisará las autobaremaciones que arrojen la mayor puntuación hasta la nota de corte. El resto de autobaremaciones solo serán examinadas, y en el mismo orden de prelación
que el existente, en el caso de que se observen incorrecciones en las primeras a partir de la
revisión de tales, por el Tribunal calificador. Esta operación se repetirá tantas veces como
sea necesario, hasta cubrir nuevamente la nota de corte señalada.
9.7. Publicación de las puntuaciones provisionales resultantes de la revisión del Tribunal calificador:
Las puntuaciones que resulten de la revisión de la autobaremación, por parte del Tribunal calificador, se ordenarán por orden de puntuación y se publicarán en el tablón de
anuncios y en la dirección web http://www.vvapardillo.org
Esta publicación sustituirá la notificación individual, de conformidad con la LPAC.
9.8. Plazo de alegaciones y reclamaciones:
Quienes estén en desacuerdo con el listado anterior, dispondrán de un plazo de diez
días (10) hábiles, contados a partir de la publicación señalada, a fin de presentar las alegaciones y reclamaciones oportunas, que dirigirán al Tribunal calificador.
Dichas alegaciones se presentarán, preferentemente, a través de la Sede Electrónica del
Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo. También podrán presentarse en el Registro General
del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, sito en Plaza Mayor, 1, de 9:00 a 14:00 horas, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Pro-

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