Villanueva del Pardillo (BOCM-20221227-133)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

vocante, como personal funcionario interino o laboral temporal, se
asignarán 0,15 puntos por mes, hasta un máximo de 20 puntos.
8.2.1.F) Por la experiencia profesional en una plaza de idéntica categoría a la
de objeto de la presente convocatoria como funcionario de carrera o
laboral fijo en misma plaza de cualquier Administración Pública y
resto del Sector Público, distintos de la Institución convocante, se
asignarán 0,10 puntos por mes, hasta un máximo de 10 puntos.
8.2.1.G) Por la experiencia profesional en la misma categoría, en el sector
privado, ya sea como personal contratado o como autónomo, se
asignarán 0,25 puntos por mes, hasta un máximo de 30 puntos.
8.2.2. Méritos académicos:
Se valorará con un máximo de 20 puntos, según el siguiente baremo:
8.2.2.A) Cursos de formación y perfeccionamiento:
Los cursos de formación se valorarán a razón de:
— De 15 a 25 horas: 2,50 punto por curso realizado.
— De 26 a 50 horas: 3 puntos por curso realizado.
— De 51 a 75 horas: 3,50 puntos por curso realizado.
— De 76 a 100 horas: 4 puntos por curso realizado.
— Más de 100 horas: 5 puntos por curso realizado.
8.2.2.B) Titulaciones Académicas:
Se valorarán con 10 puntos cada una de las titulaciones académicas oficiales iguales o
superiores, y distintas a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.
Este mérito se deberá acreditar mediante la copia del Título respectivo y, en su caso,
el documento acreditativo de su equivalencia.
8.3. Calificación definitiva:
La calificación definitiva del concurso de méritos será la resultante de la suma final de
la puntuación obtenida en cada uno de los apartados del concurso, una vez llevada a cabo
la comprobación de la autobaremación de las personas aspirantes por el Tribunal Calificador, previa la solicitud a las personas aspirantes y posterior contraste de la documentación
acreditativa de los mismos, sin que en ningún caso pueda ser superior a 100 puntos.
Novena. Desarrollo del proceso selectivo.—9.1. Listado provisional de puntuaciones:
El Tribunal calificador elaborará un listado provisional con las puntuaciones ordenadas, de mayor a menor, de cada persona aspirante y se expondrán en el tablón de anuncios
de la sede electrónica del Ayuntamiento. La puntuación expuesta por los méritos lo será de
conformidad con el “Autobaremo de méritos”.
9.2. Nota de corte:
En el supuesto de que el número de solicitudes que se presente sea muy numeroso con
respecto al número de plazas a seleccionar, que en las presentes bases es de 5, el Tribunal calificador podrá establecer una nota de corte para pasar a la fase de acreditación de méritos.
El resto de personas aspirantes que no llegue a dicha nota de corte, quedará en situación de “pendiente de revisión”.
9.3. Aportación de copias acreditativas de los méritos alegados y lugar de presentación:
Tras la publicación y, sin perjuicio de lo dispuesto a propósito de la nota de corte, en
su caso, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles contados a partir
del día siguiente a dicha publicación, para aportar fotocopia de todos aquellos documentos
acreditativos de los méritos consignados, en la forma en que se indique en la publicación,
teniendo en consideración lo dispuesto en los dos siguientes apartados.
El límite temporal de validez de cualquiera de los méritos aportados será la fecha de
finalización del plazo para presentar las solicitudes de participación.
9.4. Acreditación de la experiencia laboral:
La acreditación de la experiencia laboral se realizará teniendo en consideración las siguientes prescripciones:
— Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea, tomándose en consideración el más beneficioso para la persona aspirante.

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BOCM-20221227-133

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