B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221227-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 20 diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades por la que se convoca procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas y Artes Plásticas y Diseño
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

cia, Consejería de Educación y Universidades promoverá, entre los funcionarios en activo
de las especialidades convocadas de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas, de Música y Artes Escénicas y Artes Plásticas y Diseño, la participación voluntaria en dichos órganos de selección, con sujeción a las
Instrucciones que la Dirección General de Recursos Humanos establezca al efecto.
6.1.5. Conformación de los Tribunales:
Cuando el número de voluntarios para cada especialidad no sea suficiente, la selección
de los vocales se realizará mediante un sorteo aleatorio a través de un procedimiento informático que tendrá lugar en la Dirección General de Recursos Humanos, sita en la calle Santa Hortensia número 30, 28002, planta baja, de entre el personal funcionario que se encuentre en situación de servicio activo, en centros públicos y a jornada completa, que tengan
destino definitivo o provisional en un puesto de trabajo del correspondiente cuerpo, especialidad o idioma.
En el sorteo se extraerán, en primer lugar, todos los vocales titulares de cada especialidad seguidos de los vocales suplentes. Si no fuera posible la conformación del Tribunal
con los vocales titulares y suplentes designados, la selección de los vocales se irá realizando según el orden establecido en la lista de participantes resultante del mencionado sorteo
aleatorio.
Quedarán excluidos del sorteo:
— Aquellos que se encuentren en comisión de servicio en puestos de la Administración.
— Aquellos que se encuentren en situación de servicios especiales.
— Los liberados sindicales.
— Los directores de los centros educativos.
— Aquellos que han solicitado la jubilación con fecha de efectos 1 de julio de 2023 o
posterior.
— Aquellos que se encuentran en situación de Incapacidad Temporal de larga duración a fecha realización del sorteo para designación de Tribunales.
Se contará con la participación de un Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid,
que dará fe del sorteo aleatorio realizado en la Dirección General de Recursos Humanos, a
través del procedimiento informático citado anteriormente.
Excepcionalmente, en el caso de que por la especificidad de determinadas especialidades, no se pudieran conformar Tribunales mediante este procedimiento aleatorio, la Dirección General de Recursos Humanos podrá disponer otra forma de designación, según lo establecido en el artículo 7 del Reglamento aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de
febrero.
6.1.6. Abstención y recusación:
Los miembros de los órganos de selección deberán abstenerse de intervenir cuando
concurran en ellos cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado
tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas, para el mismo Cuerpo y especialidad, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, debiendo comunicar, en tales casos, al superior inmediato en el acto de constitución del Tribunal, la causa
que motive su abstención, justificándola documentalmente.
En el supuesto de haber realizado tareas de preparación, deberán aportar:
— Certificación de la academia o centro docente donde haya realizado las tareas de
preparación en el que conste las fechas de preparación así como las especialidades en las que ha participado como preparador.
— Certificado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en los casos en que
fuese necesario.
Los presidentes de los órganos de selección realizarán declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias indicadas anteriormente y solicitarán de los miembros
de sus respectivos Tribunales la misma declaración.
El plazo para manifestar la causa de abstención por los miembros de los Tribunales
será de tres días hábiles, contados a partir de su nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID. La misma será valorada por el Tribunal correspondiente o,
en su caso, por la Dirección General de Recursos Humanos.
La no abstención en los casos en que concurra alguna causa legal dará lugar a la responsabilidad prevista en la normativa vigente.

BOCM-20221227-2

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