B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221227-1)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se convoca procedimiento selectivo de estabilización, por el sistema de concurso oposición, para ingreso en el Cuerpo de Maestros
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 33
Séptima
Sistema selectivo
Conforme a lo establecido en la disposición transitoria cuarta del Reglamento aprobado por el RD 276/2007, por la que se regulan los procedimientos de ingreso que se convoquen en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el sistema de selección es el
concurso-oposición y constará de las siguientes fases: fase de oposición, fase de concurso
y fase de prácticas.
Octava
8.1. Comienzo. El comienzo de la fase de oposición será determinado por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, sin que en ningún caso sea con anterioridad a junio de 2024, sin perjuicio de lo dispuesto en el Anexo I de esta Resolución en
relación con la prueba previa de acreditación del conocimiento del castellano.
8.2. Información sobre el desarrollo de la prueba. Con antelación a la fecha de inicio
de la fase de oposición, la Dirección General de Recursos Humanos publicará Resolución
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, indicando la fecha de inicio de celebración de la prueba, las sedes donde se llevará a cabo la misma, la distribución de los aspirantes en los distintos Tribunales y cuantas otras cuestiones se estimen necesarias.
8.3. Citación y comparecencia. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio
en llamamiento único, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados, debidamente justificados y acreditados con anterioridad a la realización del ejercicio,
Los aspirantes deberán presentar y acreditar la causa ante el presidente de la Comisión de
selección de la especialidad correspondiente.
8.4. Confesiones religiosas, embarazo y parto. Con objeto de adecuar las fechas y
horas de celebración de la fase de oposición del procedimiento fijado en esta Resolución así
como los espacios necesarios, aquellos aspirantes que pertenezcan a una confesión religiosa en la que el descanso laboral semanal les impida realizar inexcusable y expresamente
pruebas selectivas en un día y horas determinados de la semana, deberán adjuntar una certificación, expedida por la autoridad religiosa que corresponda, de su pertenencia a la confesión religiosa que profese, así como indicar el día y horas de la semana en los que no pueden realizar la citada prueba. Igualmente, deberán acreditar el precepto legal que les
ampara.
Asimismo, las mujeres embarazadas que prevean la coincidencia del parto con las fechas de realización de cualquiera de los ejercicios por las circunstancias derivadas de su
avanzado estado de gestación o, eventualmente, en los primeros días del puerperio, podrán
ponerlo en conocimiento de la Comisión de selección correspondiente, adjuntando a la comunicación el correspondiente informe médico oficial.
En ambos casos, con objeto de adecuar los espacios necesarios, así como determinar
las fechas y horas de celebración de la fase de oposición del procedimiento fijado en esta
Resolución, deberán hacerlo constar en la solicitud de participación, en el apartado “Datos
de convocatoria”, dentro del recuadro referente a “Tipo de adaptación solicitada”.
Posteriormente, en el plazo de los dos días hábiles siguientes al de la publicación de la
resolución donde se incluya la distribución de los aspirantes en los Tribunales, deberán exponer por escrito, las circunstancias por las que no puede acudir al llamamiento general
acompañando al mismo la documentación justificativa en la que se fundamenta su petición,
tal y como se especifica para el primer supuesto y del informe médico oficial pertinente en
el segundo.
Este escrito deberá ser dirigido al presidente de la Comisión de selección de su especialidad, a través de la Dirección de Área Territorial en la que se encuentren ubicadas las
sedes en las que se van a desarrollar las pruebas. Ello implicará el consentimiento de los interesados para permitir el acceso de la Comisión de selección correspondiente o del órgano
convocante a los datos que figuren en los mismos, así como a la información facultativa relacionada con su situación personal.
La Comisión de selección correspondiente, basándose en la información recibida,
acordará si procede o no aplazar la realización de dicha prueba. Para ello, se efectuará un
nuevo llamamiento y aquellos que no comparezcan a este requerimiento decaerán en todos
sus derechos en el presente procedimiento.
BOCM-20221227-1
Fase de oposición
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 33
Séptima
Sistema selectivo
Conforme a lo establecido en la disposición transitoria cuarta del Reglamento aprobado por el RD 276/2007, por la que se regulan los procedimientos de ingreso que se convoquen en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el sistema de selección es el
concurso-oposición y constará de las siguientes fases: fase de oposición, fase de concurso
y fase de prácticas.
Octava
8.1. Comienzo. El comienzo de la fase de oposición será determinado por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, sin que en ningún caso sea con anterioridad a junio de 2024, sin perjuicio de lo dispuesto en el Anexo I de esta Resolución en
relación con la prueba previa de acreditación del conocimiento del castellano.
8.2. Información sobre el desarrollo de la prueba. Con antelación a la fecha de inicio
de la fase de oposición, la Dirección General de Recursos Humanos publicará Resolución
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, indicando la fecha de inicio de celebración de la prueba, las sedes donde se llevará a cabo la misma, la distribución de los aspirantes en los distintos Tribunales y cuantas otras cuestiones se estimen necesarias.
8.3. Citación y comparecencia. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio
en llamamiento único, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados, debidamente justificados y acreditados con anterioridad a la realización del ejercicio,
Los aspirantes deberán presentar y acreditar la causa ante el presidente de la Comisión de
selección de la especialidad correspondiente.
8.4. Confesiones religiosas, embarazo y parto. Con objeto de adecuar las fechas y
horas de celebración de la fase de oposición del procedimiento fijado en esta Resolución así
como los espacios necesarios, aquellos aspirantes que pertenezcan a una confesión religiosa en la que el descanso laboral semanal les impida realizar inexcusable y expresamente
pruebas selectivas en un día y horas determinados de la semana, deberán adjuntar una certificación, expedida por la autoridad religiosa que corresponda, de su pertenencia a la confesión religiosa que profese, así como indicar el día y horas de la semana en los que no pueden realizar la citada prueba. Igualmente, deberán acreditar el precepto legal que les
ampara.
Asimismo, las mujeres embarazadas que prevean la coincidencia del parto con las fechas de realización de cualquiera de los ejercicios por las circunstancias derivadas de su
avanzado estado de gestación o, eventualmente, en los primeros días del puerperio, podrán
ponerlo en conocimiento de la Comisión de selección correspondiente, adjuntando a la comunicación el correspondiente informe médico oficial.
En ambos casos, con objeto de adecuar los espacios necesarios, así como determinar
las fechas y horas de celebración de la fase de oposición del procedimiento fijado en esta
Resolución, deberán hacerlo constar en la solicitud de participación, en el apartado “Datos
de convocatoria”, dentro del recuadro referente a “Tipo de adaptación solicitada”.
Posteriormente, en el plazo de los dos días hábiles siguientes al de la publicación de la
resolución donde se incluya la distribución de los aspirantes en los Tribunales, deberán exponer por escrito, las circunstancias por las que no puede acudir al llamamiento general
acompañando al mismo la documentación justificativa en la que se fundamenta su petición,
tal y como se especifica para el primer supuesto y del informe médico oficial pertinente en
el segundo.
Este escrito deberá ser dirigido al presidente de la Comisión de selección de su especialidad, a través de la Dirección de Área Territorial en la que se encuentren ubicadas las
sedes en las que se van a desarrollar las pruebas. Ello implicará el consentimiento de los interesados para permitir el acceso de la Comisión de selección correspondiente o del órgano
convocante a los datos que figuren en los mismos, así como a la información facultativa relacionada con su situación personal.
La Comisión de selección correspondiente, basándose en la información recibida,
acordará si procede o no aplazar la realización de dicha prueba. Para ello, se efectuará un
nuevo llamamiento y aquellos que no comparezcan a este requerimiento decaerán en todos
sus derechos en el presente procedimiento.
BOCM-20221227-1
Fase de oposición