D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221227-44)
Convenio –  Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Daganzo para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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B.O.C.M. Núm. 308

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VI.

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 387

de cada año a la Dirección General de Igualdad), la identidad del representante de la Entidad
Local que ejerza las labores de coordinación, que en todo caso deberá pertenecer a la Entidad
Local, con indicación de su categoría profesional, así como las variaciones que, en su caso, se
produzcan.
Emitir un informe semestral de actividad, de acuerdo al modelo normalizado facilitado por la
Dirección General de Igualdad, que se presentará junto a la primera justificación de gastos y
pagos.
Emitir una Memoria Anual, que se presentará junto con la segunda justificación de gastos y
pagos, de acuerdo al modelo normalizado facilitado por la Dirección General de Igualdad.
Emitir los informes requeridos por la Dirección General de Igualdad, en relación con las
actuaciones y desarrollo del Programa.
Difundir y dar publicidad de todas las actuaciones desarrolladas conjuntamente entre la
Entidad Local y la Consejería competente en materia de mujer, en el marco de este Programa,
así como de otras realizadas por la Consejería que pudieran ser de interés para la población
de la Entidad Local.
Aportar cuantos bienes y servicios sean necesarios para el funcionamiento del PMORVG,
contando con el visto bueno de la Dirección General de Igualdad.
Proceder al pago de las cantidades establecidas en el Convenio correspondientes a la Entidad
Local, en los plazos señalados en el mismo.
Cualquier otra descrita a lo largo del Anexo I de este Programa, incluidas todas las
actuaciones tendentes a facilitar el seguimiento técnico de su ejecución.

OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA CONSEJERÍA COMPETENTE
(DIRECCIÓN GENERAL DE IGUALDAD)

a) Coordinar y supervisar, mediante los mecanismos apropiados, el desarrollo del presente
Programa.
b) Facilitar los logotipos, soportes normalizados e instrucciones necesarios para la ejecución del
Programa.
c) Derivar las órdenes de protección y otras medidas judiciales de las mujeres víctimas de
violencia de género desde el Punto de Coordinación de la Dirección General de Igualdad al Punto
Municipal del Observatorio Regional contra la Violencia de Género.
d) Facilitar el Protocolo de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, así como cuantos
otros se establezcan con respecto a la gestión técnica y administrativa de este Programa entre
la Consejería (Dirección General de Igualdad) y la Entidad Local.
e) Desarrollar el Plan de Formación dirigido a los y las profesionales de la Red de Puntos
Municipales del Observatorio Regional de la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid,
con el objetivo de avanzar en la especialización y profesionalización de los y las profesionales,
garantizando unos servicios de atención integral homogéneos y de calidad, en toda la
Comunidad de Madrid.
f) Proceder al pago de las cantidades establecidas en el Convenio correspondientes a la Consejería
competente, en los plazos señalados en el mismo.

VII. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL GASTO Y DEL PAGO

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Certificación del Interventor o, en su caso, persona que ostente la competencia, con el
Conforme y Visto Bueno de Alcaldía, en el que consten las cantidades efectivamente gastadas y
pagadas, en relación con las cuantías que se financian en el presente Programa, según modelo
de certificación queconsta en el presente Convenio como Anexo A.
Documentación acreditativa de los gastos realizados; facturas, nóminas, justificantes de las
cotizaciones de los Seguros Sociales e informes y justificantes correspondientes. En todo
caso, informe detallado de dedicación del personal del PMORVG en el que se especifique
categoría profesional, funciones concretas desempeñadas, número de las horas semanales y
porcentaje de la jornada de trabajo dedicadas a la actividad objeto de Convenio. O facturas de
las/os profesionales que prestan sus servicios en el PMORVG, en las que se deberá de indicar
el número de horas de trabajo semanales, dedicadas a la actividad objeto del Convenio para el
periodo facturado.
Documentación acreditativa de los pagos realizados mediante la aportación de certificación
bancaria que contenga identificados los gastos, su cuantía y fecha de adeudo en cuenta o

BOCM-20221227-44

De acuerdo a lo establecido en la Cláusula Cuarta (justificación de gastos y pagos), la
Entidad Local deberá presentar en los plazos establecidos, la siguiente documentación: