D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20221227-45)
Convenio –  Convenio de 9 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Autónoma de Madrid, la Universidad Europea de Madrid, el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas O. A., M. P., y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario “12 de Octubre”, para el mantenimiento y desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario “12 de Octubre” (i+12)
27 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 411

Décima
Comisión Delegada
1.
2.
Rector:










La Comisión Delegada es el órgano de gobierno ejecutivo del Instituto i+12.
La Comisión Delegada estará formada por los siguientes miembros del Consejo

Undécima
Comité Científico Externo
1. El Comité Científico Externo es uno de los órganos consultivos del Instituto i+12.
2. El Comité Científico Externo estará formado por un mínimo de cinco profesionales de alta cualificación y experiencia reconocida en el ámbito de la investigación.
3. Los miembros del Comité Científico Externo serán nombrados y cesados por el
Consejo Rector del Instituto i+12, a propuesta de la Dirección Científica del Instituto i+12.

BOCM-20221227-45

El/la Director/a Gerente del HU12O, que actuará como Presidente/a.
El/la Director/a Científico/a del Instituto i+12.
Dos representantes del HU12O, designados por su Director/a Gerente.
Un representante de la UCM, designado por su Rector/a.
Un representante de la UAM, designado por su Rector/a.
Un representante de la UEM, designado por su Rector/a.
Un representante del CIEMAT, designado por su Director/a General.
Dos representantes del Comité Científico Interno del Instituto i+12.
El/la Director/a de la Fundación, con voz pero sin voto, que actuará como Secretario/a.
3. La Comisión Delegada tendrá las siguientes funciones:
— Revisar los programas operativos anuales y las memorias anuales de actividad.
— Estudiar los presupuestos, el estado de cuentas y otros informes preceptivos.
— Evaluar la ejecución y la operatividad de las actividades.
— Revisar anualmente los mecanismos de integración de las diferentes entidades que
conforman el Instituto i+12.
— Realizar la revisión del sistema de gestión, actividades y resultados.
— Aprobar las acciones de mejora planteadas.
— Solicitar y analizar la evaluación de los grupos o investigadores/as de las entidades asociadas.
— Cualquier otra que le delegue el Consejo Rector.
4. El funcionamiento de la Comisión Delegada, será el siguiente:
Los miembros de la Comisión Delegada que ostenten esta condición por razón de su
cargo o puesto únicamente formarán parte de la Comisión Delegada durante el tiempo que
lo desempeñen, siendo sustituidos por la persona que le suceda en el mismo.
El resto de miembros de la Comisión Delegada serán nombrados y cesados por las entidades que representan. El nombramiento se hará por un período de cuatro años, sin perjuicio de que los miembros puedan ser reelegidos y sustituidos.
La Comisión Delegada se reunirá tantas veces como sea solicitado por la Dirección
Científica o la Dirección de la Fundación, según las necesidades detectadas para el correcto funcionamiento del Instituto i+12, o al menos, con una periodicidad anual.
La Comisión Delegada quedará válidamente constituida cuando se encuentren presentes al menos la mayoría de los miembros con voz y voto de la misma.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos presentes o representados.
La representación podrá ser objeto de delegación y, cuando se ostente en virtud del cargo que se ocupe, de la oportuna sustitución.
Sólo se podrán adoptar acuerdos sobre los asuntos que figuren en el orden del día o sobre aquellos otros que, al inicio de la sesión y estando presentes todos los miembros de la
Comisión, sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría.
Los acuerdos, que se transcribirán en el Libro de Actas, serán autorizados por quienes
hayan ejercido la Presidencia y la Secretaría, y se aprobarán en la misma o en la siguiente
reunión de la Comisión Delegada.
Cuando alguno de los asistentes pretendiera que se recoja la transcripción literal y
exacta de su intervención, presentará esta por escrito, para dejar constancia literal de la misma, anexándola al acta.