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Concierto –  Publicación de concierto de 23 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad de Alcalá para la Enseñanza Clínica de Ciencias de la Salud
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

mismas. Por su parte, en la Comisión de Investigación de la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud se integrará un representante de la Comisión de Investigación u órgano
equivalente de cada una de las instituciones sanitarias concertadas, que actuará como vocal, con voz y voto, cuando se traten cuestiones relacionadas con aspectos generales de la
investigación en la Facultad o específicos de su centro sanitario.
2. La participación de los profesores de la Universidad de Alcalá en la investigación
desarrollada en las instituciones sanitarias concertadas, se podrá canalizar a través de los
Institutos de Investigación Sanitaria y/o Fundaciones de Investigación correspondientes
(Biomédicas y UAH), y su participación en los órganos unipersonales y colegiados de los
mismos se regulará por sus convenios específicos y reglamentos de régimen interno.
Undécima
Representación en los consejos de dirección
El Decano de la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud de la Universidad de Alcalá, será invitado a los Consejos de Dirección de cada una de las instituciones sanitarias
concertadas pudiendo delegar en un profesor con plaza vinculada en el centro sanitario de
que se trate. Recíprocamente, un representante del Consejo de Dirección de cada institución
sanitaria será invitado a la Junta de la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud de dicha Universidad.
Duodécima
Régimen de compensación por la utilización de las instalaciones sanitarias
1. Al objeto de dar cumplimiento a la disposición adicional primera del Real Decreto 1558/1986, la Comisión Mixta de seguimiento establecerá los mecanismos para hacer
efectiva la compensación que la Universidad de Alcalá satisfará al Servicio Madrileño de
Salud, en concepto de utilización para la docencia de los hospitales y centros de atención
primaria objeto de este concierto.
2. Estos fondos, que serán gestionados por la Dirección Gerencia de los hospitales y
de Atención Primaria, serán fondos vinculados directamente a actividades docentes.
Decimotercera
Titularidad de los bienes inventaríales
La atribución de la titularidad de los bienes inventariables que se adquieran durante el
periodo de vigencia del presente concierto recaerá sobre aquella entidad que hubiera aportado los recursos necesarios para su adquisición, correspondiendo a la Comisión Mixta de
seguimiento la fijación de los criterios que deban regir la financiación de las obras y la
amortización de costes que surjan durante la vigencia del concierto.
Aquellos bienes cuya titularidad retenga la Universidad de Alcalá, no podrán ser tenidos en cuenta como parte de la compensación prevista en la cláusula duodécima.
Decimocuarta
1. La Consejería y el SERMAS no se harán responsables de los accidentes que el
alumno pudiera sufrir en el transcurso de la formación, ni de los daños ocasionados a personas o bienes durante el desarrollo de la misma.
2. Para cubrir posibles daños y responsabilidades de sus alumnos, en el transcurso
del periodo de formación amparado por este concierto, la Universidad deberá tener suscrito, antes del comienzo del periodo de prácticas, un seguro que cubra a cada uno de los alumnos que participen en las mismas, cuya póliza tenga una cobertura en la que se incluya cualquier accidente que puedan sufrir aquellos, así como los posibles daños a terceros que
dichos alumnos puedan ocasionar en el desarrollo de las citadas prácticas.
Decimoquinta
Protección de datos personales, confidencialidad y transparencia
Las partes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo

BOCM-20221227-46

Seguro de accidentes y responsabilidad civil