D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20221227-46)
Concierto –  Publicación de concierto de 23 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad de Alcalá para la Enseñanza Clínica de Ciencias de la Salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

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y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por
el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento de Protección de Datos), así como la
normativa posterior que lo desarrolle o modifique.
Los datos personales que se recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación
del concierto, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la
que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este concierto, salvo aquella
información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos queda sometido a la mencionada normativa, así como a la vigente en cada momento, de conformidad con los Anexos IV, V y VI del presente concierto.
Decimosexta
Derecho de intimidad del paciente
1. En el desarrollo de las prácticas, se deberá cumplir con lo previsto en la Orden
SSI/81/2017, de 19 de enero, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión de Recursos
Humanos del Sistema Nacional de Salud, por el que se aprueba el protocolo mediante el que
se determinan pautas básicas destinadas a asegurar y proteger el derecho a la intimidad del
paciente por los alumnos y residentes en Ciencias de la Salud.
2. La Universidad garantizará, mediante la correspondiente certificación, que los estudiantes que realicen las prácticas con pacientes menores de edad no poseen antecedentes
de delitos sexuales, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia.
Decimoséptima
Otras obligaciones
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que todavía no
se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación, ambas partes se
comprometen a firmar, cuando entre en vigor la norma reglamentaria, una adenda en la que
se contemplen las obligaciones que asumirían las partes en materia de Seguridad Social.
Decimoctava
Plazo de vigencia, prórroga y régimen de modificación
1. El presente concierto tendrá una duración de cuatro años, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y podrá prorrogarse por otros cuatro años más, salvo denuncia por cualquiera de las partes firmantes. Dicha denuncia deberá comunicarse con un plazo de preaviso de, al menos, tres
meses, quedando obligados los centros sanitarios concertados a continuar las actividades
docentes hasta el término del año académico de los alumnos que estuviesen cursando enseñanzas en ese momento.
2. La modificación del concierto requerirá el acuerdo de todas las partes, y se llevará a cabo mediante la oportuna adenda.

Causas de resolución del concierto
El presente concierto quedará extinguido por cualquiera de las siguientes causas:
a) Por mutuo acuerdo de las partes firmantes.
b) Por denuncia de cualquiera de las partes, de acuerdo con el apartado primero de la
cláusula decimoctava.
c) Por incumplimiento de las condiciones establecidas, según la cláusula vigésima.
d) Por el acaecimiento de circunstancias que hagan imposible su cumplimiento.

BOCM-20221227-46

Decimonovena