D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20221227-46)
Concierto –  Publicación de concierto de 23 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad de Alcalá para la Enseñanza Clínica de Ciencias de la Salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

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tes o propuestas de nuevas dotaciones, docentes y asistenciales, se produzcan en
ambas instituciones.
Proponer el número de plazas de Profesor Asociado en Ciencias de la Salud pertenecientes a la plantilla de la Universidad que obligatoriamente deberán cubrirse
por el personal de las instituciones sanitarias objeto de este concierto, así como la
convocatoria de esas plazas y el baremo de méritos de aplicación a esos concursos, de acuerdo con la legislación vigente.
Aprobar la propuesta de la vinculación de las plazas asistenciales y docentes e
igualmente, la posible desvinculación de plazas vacantes, y elevarla a los responsables de las instituciones sanitarias y de la Universidad.
Aprobar el plan de coordinación de las prácticas de Grado y Postgrado, respetando
las competencias de la Universidad en el desarrollo de los planes de estudio, y de
los correspondientes hospitales y Gerencia de Atención Primaria en la planificación de sus servicios.
Promover la integración asistencial, docente e investigadora de los profesionales
de las instituciones sanitarias implicadas.
Establecer los mecanismos para hacer efectiva la compensación que la Universidad de Alcalá satisfará al Servicio Madrileño de Salud en concepto de utilización,
para la docencia, de las instituciones sanitarias objeto de este concierto, y aprobar
las inversiones a realizar en hospitales y centros de atención primaria que se imputarán a la misma.
Establecer, durante el periodo de vigencia de este concierto y para cada actuación
concreta, los criterios para la financiación de las obras que se realicen y los criterios para la amortización e imputaciones de costes, todo ello en relación con las
actividades de docencia.
Proponer a las autoridades académicas y sanitarias las modificaciones de este concierto que resulten pertinentes, en función del seguimiento realizado, y que serán
incorporadas, en su caso, como adenda al concierto.
Aprobar con carácter excepcional para aquellas disciplinas de las que se carezca
en un centro concertado, los profesores propuestos por el departamento que hayan
de impartir la docencia.
Desarrollar el presente concierto en aquellos aspectos no previstos en los puntos
anteriores, que sean necesarios para el cumplimiento del mismo, respetando la legislación vigente y el ordenamiento jurídico de rango superior.

Quinta
1. Plazas vinculadas:
a) La concurrencia del puesto docente y asistencial de las plazas vinculadas actualmente dotadas será la que exista en el momento de la firma del presente concierto, de acuerdo con lo especificado en el Anexo II.
En el caso de las actuales plazas vinculadas vacantes y de las que se produzcan en
el futuro, la vinculación se efectuará según los criterios que se establecen en los
siguientes puntos.
b) En el citado Anexo II se describen las plazas vinculadas actualmente dotadas, detallándose para cada plaza, la categoría universitaria (Profesor Titular de Universidad o Catedrático de Universidad), el Área de Conocimiento, el Departamento
Universitario al que está adscrita y el Servicio o Unidad Hospitalaria a la que se
encuentra vinculada.
c) En el supuesto de nuevas convocatorias, la equiparación docente-asistencial se regirá por lo previsto en el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, o por la normativa que, en su caso, resulte aplicable.
d) Las convocatorias para proveer los puestos de Jefatura de Servicio, Sección y
otros de la institución sanitaria se regirán por lo dispuesto en la Ley 55/2003, de
16 de diciembre, Estatuto Marco de Personal Estatutario de Servicios de Salud, en
el artículo 10 de la Ley 4/2006, de 22 de diciembre, de la Comunidad de Madrid,
de medidas fiscales y administrativas y por el apartado 6 del Plan de Ordenación
de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud relativo a la provisión de
puestos de jefatura en centros hospitalarios. Asimismo, la vinculación será como

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