Móstoles (BOCM-20221223-112)
Ofertas de empleo. Patronato Municipal de Escuelas Infantiles. Bases procesos selectivos
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B.O.C.M. Núm. 305

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2022

d Por haber realizado cursos de entre 101 a 300 horas, 0,60 puntos por curso.
d Por haber realizado cursos de más de 300 horas, 1 punto por curso.
— Para las plazas pertenecientes al Grupo C:
d Por haber realizado cursos de menos de 20 horas, 0,30 puntos por curso.
d Por haber realizado cursos de entre 20 horas y 50 horas, 0,40 puntos
por curso.
d Por haber realizado cursos de entre 51 horas a 100 horas, 0,70 puntos
por curso.
d Por haber realizado cursos de más de 100 horas, 1 punto por curso.
— Las actividades formativas respecto de las que no se acredite el número de
horas, se valorarán con 0,10 puntos.
— Aquellos cursos de formación cuya duración venga expresada en días, se
considerará una equivalencia de 5 horas por día.
— Aquellos cursos de formación cuya duración venga expresada en créditos,
deberán acompañar documento aclaratorio o certificado de la institución
formativa que expidió el título, con su equivalencia en horas, en caso contrario no se valorará.
— A efectos de la equivalencia de los estudios de master oficiales universitarios, y para aquellos en los que no se establezca el número de horas o créditos realizados, se establece una equivalencia de 25 horas por cada crédito ECTS reconocido y de 10 horas para el resto de créditos reconocidos.
— No se valorará poseer una titulación superior a la exigida ni tampoco los
títulos que se exijan como requisito para el acceso a cada convocatoria.
— No se valorarán aquellos cursos de formación en los que no figura la fecha
de realización de los mismos.
— No se valorará como mérito el haber participado en cursos de preparación
para procesos selectivos.
— En el caso de diferentes versiones o denominaciones de la actividad formativa se tendrá en cuenta su contenido y solo si queda acreditado que
existen denominaciones similares, pero con contenidos diferentes, se puntuaran como acciones formativas distintas.
— Las asignaturas o seminarios que formen parte de la obtención de un título
académico no podrán hacerse valer como cursos de formación.
El tribunal de selección procederá a valorar la fase concurso con los datos consignados en el documento de autovaloración. Esta valoración será provisional. Con posterioridad
a la presentación de solicitudes, se establecerá un plazo para la aportación de la correspondiente justificación documental a aquellos candidatos que hayan superado el proceso selectivo o que, no habiéndolo superado, cumplan los requisitos y hayan obtenido la puntuación
para formar parte de las respectivas bolsas de trabajo, en el caso de que las bases específicas de la convocatoria recojan su constitución.
6.2. Fase de oposición: En los términos de lo dispuesto en el artículo 2.4 de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, los ejercicios de esta fase no tendrán carácter eliminatorio y consistirán en una o varias pruebas, pudiendo ser de tipo test, supuestos prácticos o la realización de una memoria o proyecto, y versarán sobre el contenido de las funciones inherentes
de los puestos correspondientes a las plazas que se convocan, de conformidad con lo dispuesto en el temario recogido en sus respectivas bases específicas.
En el supuesto de que con posterioridad a la aprobación de las bases específicas referidas se modificará la normativa incluida en el programa, las referencias en él contenidas se
entenderán efectuadas a la que en cada momento resulte de aplicación.
6.3. Calificación del proceso selectivo:
6.3.1. Los procesos selectivos a través del sistema de concurso-oposición. Se valorarán de forma que la calificación definitiva vendrá dada por la suma de la calificación obtenida en la fase de oposición y la correspondiente a la fase de concurso, estableciéndose la siguiente ponderación:
Calificación de la fase oposición: la puntuación de esta fase no podrá superar
el 60 por 100 de la suma de ambas fases. En las bases específicas de cada convocatoria se determinará la puntuación otorgable a los ejercicios de la fase
oposición. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel míni-

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BOCM-20221223-112

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