Madrid (BOCM-20221222-56)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Modificación Plan General
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BOCM

JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 304

Art. 22. Medidas particulares de eficiencia energética en la urbanización y en la
edificación.—Para cumplimiento de los requerimientos del artículo 43 de la OCAS, se tendrán en cuenta en los proyectos y obras de urbanización y edificación las medidas particulares de eficiencia energética siguientes:
a) Diseño en base a criterios bioclimáticos que favorezcan estrategias de ventilación
natural y sombreado como claves para la reducción de la demanda energética.
b) Integración de pavimentos y acabados claros, Sistemas de drenaje Urbano Sostenible y soluciones basadas en la naturaleza con especies adaptadas autóctonas, y
con bajas necesidades hídricas.
c) Electrificación de la demanda mediante incorporación de bombas de calor para
climatización de en los edificios e incorporación de instalaciones de suministro
energético al vehículo eléctrico sostenible.
d) Inclusión de criterios de diseño pasivo en la edificación que incluyan una correcta
orientación, estrategias de ventilación natural, inercia térmica, sombreado, selección de materiales claros y la inclusión de soluciones basadas en la naturaleza.
e) Diseño de sistemas de clima 100 por 100 eléctricos basados en bombas de calor de
alto rendimiento que permiten la eliminación de calderas de gas.
f) Integrar sistemas de producción de energía fotovoltaica en cubiertas y elementos de
sombreado.
g) Integrar sistemas de gestión de edificios (BMS por sus siglas en inglés) que permitan la conexión a futura red de distrito para contribuir a la agregación de la demanda y ser parte de una red inteligente de distrito.
h) La forma y orientación de los edificios se determinarán con el objetivo de potenciar los aportes solares y minimizar las pérdidas de calefacción en el invierno, y
fomentar los mecanismos de ventilación y refrigeración natural para disminuir los
consumos energéticos en el período veraniego.
i) Las fachadas (aberturas y forma) y la distribución interior del edificio se diseñarán
para conseguir el máximo aprovechamiento de la radiación y luz natural en los
meses de invierno y protección solar en verano.
j) La distribución de los espacios interiores tendrá en cuenta cada una de las orientaciones y asignará conscientemente el uso de cada espacio en función del soleamiento esperado.
k) Se incorporarán dispositivos de sombreado de ventanas.
l) Se considerará el color de la fachada y cubiertas de los edificios como un factor del
confort térmico, ya que influye sobre la absorción de la radiación solar incidente.
m) Se considerará la inclusión de sistemas basados en la naturaleza como cubiertas y
fachadas ajardinadas como elemento de mitigación de la isla de calor urbana y
control térmico.
Art. 23. Otras medidas relativas al proyecto de urbanización.—El proyecto de urbanización valorará la posibilidad de incorporar las siguientes recomendaciones, adoptadas
como consecuencia de la estimación parcial de alguna de las alegaciones presentadas en el
período de información pública:
a) La introducción en el diseño definitivo del viario medidas que disuadan el tráfico
de paso, primando el tráfico local y las condiciones de movilidad peatonal.
b) La preservación de los árboles compatibles con la ordenación prevista en la modificación puntual, en particular la alineación de ejemplares de Populus Alba.
c) La incorporación de nuevos ejemplares, de gran porte y de especies caducifolias
que permitan dar sombra en verano, y posibiliten el soleamiento en el invierno.
d) La disposición en la red viaria de arbolado adecuado a sus dimensiones y escala,
con una elección adecuada de las especies a incorporar.
e) La pertinencia, o no, de colocar bancos en las proximidades de las viviendas existentes.
f) El impulso de la biodiversidad de fauna y vegetación en el entorno.

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