Estremera (BOCM-20221222-70)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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BOCM

JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 304

c) Poseer la titulación exigida en las bases específicas que rijan cada convocatoria.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de
la correspondiente convalidación o credencial que acredite la homologación, certificada por la Administración competente.
d) Poseer la capacidad y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las tareas habituales y funciones de la plaza a que aspira.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso de personal laboral, en el que estuviese separado o inhabilitado. En el caso
de ser nacional de otro estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente ni ser sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Cumplir los demás requisitos exigidos para el ingreso en las respectivas bases específicas.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias
Las personas que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán dirigir una solicitud (Anexo I) a la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento, haciendo constar que reúnen
todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, referidos siempre a la fecha de
expiración del plazo de presentación de instancias, y se presentarán en el Registro General de
este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación.
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte. Los aspirantes que no
posean la nacionalidad española presentarán fotocopia del documento que acredite su nacionalidad.
b) Fotocopia de la titulación académica que da derecho a participar en el proceso selectivo, exigida según las bases de la convocatoria. Quienes aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habrán de citar la disposición legal en la que se reconozca la equivalencia, o en su caso, aporta una certificación expedida por el órgano
competente del Ministerio de Educación y Cultura.
c) Hoja de Autovaloración de Méritos (Anexo II) junto con fotocopia de los documentos que acrediten la experiencia laboral (que deberá acreditarse mediante certificación expedida por la empresa o por la administración correspondiente en la
que se especificarán la duración del contrato, el porcentaje de dedicación, así
como las funciones realizadas, además de fotocopia del certificado de vida laboral actualizado), y fotocopia de los documentos que acrediten la formación académica complementaria.
Quinta. Admisión de aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el
plazo máximo de quince días, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en
el tablón de anuncios, para mayor difusión, se señalará un plazo de cinco días hábiles para
subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de
aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el tablón de anuncios para mayor difusión. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
Sexta. Tribunal calificador
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los
principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a
la paridad entre mujer y hombre.

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