A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20221222-1)
Ley –  Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 304

XI
Este proyecto de ley, se ajusta a los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de
las Administraciones Públicas, y artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las
disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid.
En particular, los principios de necesidad y eficacia están garantizados por el interés
general que subyace a esta regulación, que es el de una simplificación de trámites, reducción de cargas o modificaciones que permitan una mejora organizativa y un impulso de la
actividad económica.
En virtud del principio de proporcionalidad, se contiene la regulación imprescindible
para cumplir el interés general mencionado y el principio de seguridad jurídica queda salvaguardado dada la coherencia del contenido con el conjunto del ordenamiento jurídico español y comunitario.
En aplicación del principio de transparencia, se ha celebrado el trámite de audiencia e
información públicas, recibiendo, en este, las observaciones de los ciudadanos y las organizaciones representativas de intereses económicos y sociales afectadas.
El principio de eficiencia, queda garantizado ya que se reducen cargas administrativas
innecesarias y se cumple también con los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
TÍTULO I
Medidas en materia de Hacienda Pública
Capítulo I
Hacienda Pública
Artículo uno
Modificación de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda
de la Comunidad de Madrid
Uno. Se añade un apartado 6 al artículo 75 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora
de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, con la siguiente redacción:
«6. El Consejo de Gobierno, en los términos que acuerde, deberá proceder a la revisión del gasto público en subvenciones y ayudas, el cumplimiento de los objetivos perseguidos y el análisis de los resultados obtenidos, a través de medios propios o mediante colaboración con otras organizaciones y entidades externas independientes, tales como la
Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal».
Dos. Se añade una disposición adicional undécima en la Ley 9/1990, de 8 de noviembre,
Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional undécima.
Comunidad de Madrid.

Revisión de la Administración Institucional de la

Artículo dos
Modificación del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad
de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado aprobado por Decreto
Legislativo 1/2010, de 21 de octubre
Se modifica el artículo 42 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, que queda redactado de la siguiente manera:

BOCM-20221222-1

El Gobierno regional llevará a cabo una revisión general de toda la Administración
institucional de la Comunidad de Madrid, así como del resto de órganos administrativos colegiados adscritos a la misma, al objeto de comprobar la pertinencia de cada uno de ellos,
así como su eficacia y eficiencia en el ejercicio de sus competencias. Asimismo dicha revisión deberá contener un análisis de las posibles vías de colaboración con otros organismos
públicos, en especial de la Administración General del Estado, que permita una gestión más
eficaz y eficiente de la Administración y evite duplicidades».