A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20221222-1)
Ley –  Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid
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BOCM

JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 304

DISPOSICIÓN TRANSITORIA SÉPTIMA
Inicio de la actividad de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid
El inicio de la actividad de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de
Madrid tendrá lugar en el momento de la entrada en vigor de su Estatuto, aprobado por decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, subrogándose en ese momento, en todos los derechos y obligaciones de la Central de Compras del Servicio Madrileño
de Salud, pendientes de ejecución hasta su total extinción.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA OCTAVA
La tramitación de las solicitudes presentadas con anterioridad a la derogación del artículo 17 de la Ley 18/2000, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, se
regirá por lo dispuesto en el mismo.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA NOVENA
La tramitación de las solicitudes presentadas con anterioridad a la derogación del artículo 14 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, se
regirá por lo dispuesto en el mismo.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
1. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en la presente Ley.
2. En particular quedan derogadas las siguientes disposiciones:
a) La disposición final tercera de la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
b) El apartado 2 de la disposición transitoria segunda de la Ley 5/2016, de 22 de julio, por la que se modifica la Regulación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
c) El Decreto 48/2005, de 2 de junio, por el que se regulan las funciones, composición y funcionamiento de dicha Comisión Técnica de Asesoramiento de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor.
d) El artículo 22 de la Ley 4/2012, de 4 de julio, de modificación de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012, y de medidas urgentes de racionalización del gasto público e impulso y agilización de la actividad
económica.
e) El apartado 4 del artículo 6 del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.
f) El Decreto 40/1992, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los
Bomberos Voluntarios de la Comunidad de Madrid.
g) El Decreto 327/1999, de 18 de noviembre, se aprueba el Reglamento para adquirir
la acreditación de personal de los servicios de vigilancia, seguridad, protección y
lucha contra incendios de las empresas públicas y privadas en la Comunidad de
Madrid.
h) El Capítulo II de la Ley 7/2015, de 28 de diciembre, de Supresión del Consejo
Consultivo.
i) La Ley 1/2020, de 8 de octubre, para el impulso y reactivación de la actividad urbanística, por la que se modifica la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Salvaguardia del rango de disposiciones reglamentarias
Las determinaciones incluidas en las normas reglamentarias que son objeto de modificación por esta Ley podrán ser modificadas por normas de rango reglamentario.

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