A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20221222-1)
Ley –  Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid
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BOCM

JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 304

d) La aprobación del anteproyecto de presupuesto de la Agencia, que se integrará en
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
e) La aprobación de las cuentas anuales, así como la memoria anual de las actividades de la Agencia, que serán presentadas al consejero a cuyo departamento esté
adscrita la misma.
f) Las decisiones sobre la administración del patrimonio y bienes de la Agencia.
g) Las decisiones que puedan corresponder a la Agencia, en relación con las sociedades anónimas en las que tuviera participación.
h) La propuesta, cuando así corresponda, del nombramiento y sustitución de los
miembros de los consejos de administración de las empresas públicas que pudieran ser creadas o participadas por la Agencia.
Siete. El Presidente del Consejo de Administración será el titular de la Consejería de
adscripción, quien velará por la consecución efectiva de los objetivos y fines asignados a
la Agencia y ostentará su representación. Además, le corresponden las siguientes
funciones:
a) La representación institucional de la Agencia.
b) Suscribir en nombre de la Agencia los convenios, conciertos y demás instrumentos de colaboración, de acuerdo con las funciones específicas de la Agencia, dentro de sus competencias.
c) Impulsar las actividades de la Agencia, velando por la coordinación de los servicios y su especial adecuación a las necesidades de los distintos departamentos de
la Comunidad de Madrid.
d) La aprobación de los planes especiales de coordinación interadministrativa de la
Agencia.
e) Decidir la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo de
Administración y establecer el orden del día, teniendo en cuenta, en su caso, las
peticiones y sugerencias de los demás miembros formuladas con la antelación suficiente.
f) Presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas justificadas.
g) Dirimir con su voto los empates a efectos de la adopción de acuerdos.
h) Visar las actas y certificaciones de los acuerdos del Consejo de Administración.
i) Conferir y revocar poderes generales o especiales a personas determinadas para
los asuntos en que fuere necesario tal otorgamiento, dando cuenta al Consejo de
Administración.
j) Aprobar la propuesta de oferta de empleo público de la Agencia que se integrará
en la oferta de empleo público de la Comunidad de Madrid, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
k) Desempeñar el resto de competencias que pueda atribuirle el ordenamiento jurídico.
l) Controlar la actuación del Consejero-Delegado, conforme a la normativa aplicable.
m) Cualesquiera otras funciones que pudieran serle delegadas.
Ocho. Consejero-Delegado.
1. El Consejero-Delegado será nombrado y, en su caso, cesado mediante decreto del
Consejo de Gobierno, a propuesta del Presidente del Consejo de Administración.
2. Corresponden al Consejero-Delegado las funciones siguientes:
a) En materia general y de organización:
1.o Asegurar la ejecución de los acuerdos del Consejo de Administración, velando por su cumplimiento.
2.o La dirección última de los servicios de informática y comunicaciones, en el
ámbito de actuación de la Agencia, así como la supervisión y control de sus
restantes órganos de dirección y sus diferentes unidades organizativas.
3.o Proponer al Consejo de Administración la aprobación del programa de actuación anual y del anteproyecto de presupuesto de la Agencia, responsabilizándose de su ejecución una vez aprobado, y rindiendo cuentas al Consejo del
cumplimiento de los mismos.
4.o La determinación de la estructura y organigrama de la Agencia en todo lo
complementario a la competencia del Consejo de Administración en tal ma-

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