Las Rozas de Madrid (BOCM-20221221-103)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
34 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 303
MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 415
DISPOSICIONES FINALES
Primera.—Para todo lo no expresamente regulado en la presente Ordenanza Fiscal, se
estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley General
Tributaria y demás disposiciones de general aplicación, así como a las normas contenidas
en la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de
Las Rozas de Madrid.
Segunda.—La presente Ordenanza Fiscal ha sido modificada en su articulado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el 20 de octubre de 2022 y comenzará a regir
con efectos desde el día siguiente a su publicación, resultando de aplicación a partir del 1 de
enero de 2023, y continuará vigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación.
ANEXO
MÓDULOS MÍNIMOS DEL COSTE DE EDIFICACIÓN PARA LA DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE
USO GRUPO CATEGORÍA-TIPOLOGÍA €/m2
RESIDENCIAL
CLASE
VIVIENDA UNIFAMILIAR
CATEGORIA/TIPO
949,50
Adosadas o pareadas
837
Garaje/ trastero en unifamiliar
347,40
Bloque abierto
673,20
Manzana cerrada
661,50
Garaje/ trastero bajo rasante
432,90
VIVIENDA COMUNITARIA
Residencias comunitarias (ancianos, estudiantes, religiosas...)
901,80
INSTALACIONES DEPORTIVAS
Al aire libre. Pistas y pavimentos especiales, césped artificial o drenada
122,40
Al aire libre. Piscinas
491,40
VIVIENDA COLECTIVA
Al aire libre. Pista de tierra/ campo de golf
INDUSTRIAL
TERCIARIO
HOSTELERÍA
COMERCIAL
OFICINAS
33,30
Cubiertas. Piscinas
1062,90
Hoteles de 5 *****
1278,90
Resto de Hoteles y Hostales
1043,10
Pensiones, apartamentos turísticos, casas rurales
864
Edificio comercial
729,90
Grandes centros comerciales
839,70
Local comercial, galería comercial o supermercado
666,90
Dependencia de oficinas en planta baja y primera
650,70
Edificio de oficinas y administrativo
852,30
ESPECTÁCULOS
Salones de actos, reuniones, cines, teatro, discotecas o similares
1009,80
RESTAURACION
Restaurantes
1079
EQUIPAMIENTOS EDIFICIOS DOCENTES
Franquicia
749,70
Cafetería
725,40
Institutos secundaria, colegios infantiles, primaria o guarderías
Universidades, Centros de Investigación, …
CULTURAL
Bibliotecas, Museos, Salas de Exposición, Recintos Feriales
EDIFICIOS SANITARIOS
Consultorios, centro social
INSTALACIONES DEPORTIVAS
GARAJE, APARCAMIENTO
905,40
657,90
1154,70
Hospitales, Laboratorios,…
1476
Al aire libre. Pistas pavimentadas especiales, césped artificial o drenada
122,40
Al aire libre. Piscinas
491,90
Al aire libre. Vestuarios
540
Al aire libre. Graderíos
232,20
Cubierto. Graderíos
637,20
Cubiertas. Piscinas
EDIFICIOS RELIGIOSOS
775,80
1057,50
Centros de Salud, centro de Especialidades, clínicas
Cubiertas. Polideportivos
DOTACIONAL
€/m2
Aisladas
885,60
1062,90
Centro religioso integrados en residencial
548,10
Iglesia, convento en edificio aislado
914,40
En planta baja
347,90
En semisótano ó 1º sótano
432,90
En resto de plantas sótano
480,60
BOCM-20221221-103
USO
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 303
MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 415
DISPOSICIONES FINALES
Primera.—Para todo lo no expresamente regulado en la presente Ordenanza Fiscal, se
estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley General
Tributaria y demás disposiciones de general aplicación, así como a las normas contenidas
en la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de
Las Rozas de Madrid.
Segunda.—La presente Ordenanza Fiscal ha sido modificada en su articulado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el 20 de octubre de 2022 y comenzará a regir
con efectos desde el día siguiente a su publicación, resultando de aplicación a partir del 1 de
enero de 2023, y continuará vigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación.
ANEXO
MÓDULOS MÍNIMOS DEL COSTE DE EDIFICACIÓN PARA LA DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE
USO GRUPO CATEGORÍA-TIPOLOGÍA €/m2
RESIDENCIAL
CLASE
VIVIENDA UNIFAMILIAR
CATEGORIA/TIPO
949,50
Adosadas o pareadas
837
Garaje/ trastero en unifamiliar
347,40
Bloque abierto
673,20
Manzana cerrada
661,50
Garaje/ trastero bajo rasante
432,90
VIVIENDA COMUNITARIA
Residencias comunitarias (ancianos, estudiantes, religiosas...)
901,80
INSTALACIONES DEPORTIVAS
Al aire libre. Pistas y pavimentos especiales, césped artificial o drenada
122,40
Al aire libre. Piscinas
491,40
VIVIENDA COLECTIVA
Al aire libre. Pista de tierra/ campo de golf
INDUSTRIAL
TERCIARIO
HOSTELERÍA
COMERCIAL
OFICINAS
33,30
Cubiertas. Piscinas
1062,90
Hoteles de 5 *****
1278,90
Resto de Hoteles y Hostales
1043,10
Pensiones, apartamentos turísticos, casas rurales
864
Edificio comercial
729,90
Grandes centros comerciales
839,70
Local comercial, galería comercial o supermercado
666,90
Dependencia de oficinas en planta baja y primera
650,70
Edificio de oficinas y administrativo
852,30
ESPECTÁCULOS
Salones de actos, reuniones, cines, teatro, discotecas o similares
1009,80
RESTAURACION
Restaurantes
1079
EQUIPAMIENTOS EDIFICIOS DOCENTES
Franquicia
749,70
Cafetería
725,40
Institutos secundaria, colegios infantiles, primaria o guarderías
Universidades, Centros de Investigación, …
CULTURAL
Bibliotecas, Museos, Salas de Exposición, Recintos Feriales
EDIFICIOS SANITARIOS
Consultorios, centro social
INSTALACIONES DEPORTIVAS
GARAJE, APARCAMIENTO
905,40
657,90
1154,70
Hospitales, Laboratorios,…
1476
Al aire libre. Pistas pavimentadas especiales, césped artificial o drenada
122,40
Al aire libre. Piscinas
491,90
Al aire libre. Vestuarios
540
Al aire libre. Graderíos
232,20
Cubierto. Graderíos
637,20
Cubiertas. Piscinas
EDIFICIOS RELIGIOSOS
775,80
1057,50
Centros de Salud, centro de Especialidades, clínicas
Cubiertas. Polideportivos
DOTACIONAL
€/m2
Aisladas
885,60
1062,90
Centro religioso integrados en residencial
548,10
Iglesia, convento en edificio aislado
914,40
En planta baja
347,90
En semisótano ó 1º sótano
432,90
En resto de plantas sótano
480,60
BOCM-20221221-103
USO