Madrid (BOCM-20221221-60)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 303

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022

personal laboral y, en general, todo lo que afecte a la gestión del personal adscrito al Área
de Gobierno y a las Áreas Delegadas”.
Segundo.—Modificar el Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de
la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz,
Seguridad y Emergencias, en los términos que se indican a continuación:
En el apartado 5.o, se modifica el punto 4.2, que queda redactado en los siguientes
términos:
“4.2. Convocar, elaborar y aprobar las bases específicas y resolver las convocatorias
de provisión definitiva de puestos de trabajo que estén adscritos al Área de Gobierno y que
no se convoquen abiertos a otras Administraciones públicas, así como proponer la provisión del resto de puestos de trabajo y las contrataciones laborales temporales, interinajes,
comisiones de servicios, adscripciones provisionales, traslados de personal laboral y, en general, todo lo que afecte a la gestión del personal adscrito al Área de Gobierno”.
Tercero.—Modificar el Acuerdo de 4 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, en los términos que se indican a continuación:
En el apartado 5.o, se modifica el punto 4.2, que queda redactado en los siguientes
términos:
“4.2. Convocar, elaborar y aprobar las bases específicas y resolver las convocatorias
de provisión definitiva de puestos de trabajo que estén adscritos al Área de Gobierno y a las
Áreas Delegadas y que no se convoquen abiertos a otras Administraciones públicas, así
como proponer la provisión del resto de puestos de trabajo y las contrataciones laborales
temporales, interinajes, comisiones de servicios, adscripciones provisionales, traslados de
personal laboral y, en general, todo lo que afecte a la gestión del personal adscrito al Área
de Gobierno y a las Áreas Delegadas”.
Cuarto.—Modificar el Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, en los términos que se indican a continuación:
En el apartado 5.o, se modifica el punto 4.2, que queda redactado en los siguientes
términos:
“4.2. Convocar, elaborar y aprobar las bases específicas y resolver las convocatorias
de provisión definitiva de puestos de trabajo que estén adscritos al Área de Gobierno y al
Área Delegada y que no se convoquen abiertos a otras Administraciones públicas, así como
proponer la provisión del resto de puestos de trabajo y las contrataciones laborales temporales, interinajes, comisiones de servicios, adscripciones provisionales, traslados de personal laboral y, en general, todo lo que afecte a la gestión del personal adscrito al Área de Gobierno y al Área Delegada”.
Quinto.—Modificar el Acuerdo de 4 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, en los términos que se indican a continuación:
En el apartado 7.o, se modifica el punto 4.2, que queda redactado en los siguientes
términos:
“4.2. Convocar, elaborar y aprobar las bases específicas y resolver las convocatorias
de provisión definitiva de puestos de trabajo que estén adscritos al Área de Gobierno y que
no se convoquen abiertos a otras Administraciones públicas, así como proponer la provisión del resto de puestos de trabajo y las contrataciones laborales temporales, interinajes,
comisiones de servicios, adscripciones provisionales, traslados de personal laboral y, en general, todo lo que afecte a la gestión del personal adscrito al Área de Gobierno”.
Sexto.—Modificar el Acuerdo de 11 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, en los términos que se indican a continuación:
En el apartado 5.o, se modifica el punto 4.2, que queda redactado en los siguientes
términos:
“4.2. Convocar, elaborar y aprobar las bases específicas y resolver las convocatorias
de provisión definitiva de puestos de trabajo que estén adscritos al Área de Gobierno y al
Área Delegada y que no se convoquen abiertos a otras Administraciones públicas, así como
proponer la provisión del resto de puestos de trabajo y las contrataciones laborales temporales, interinajes, comisiones de servicios, adscripciones provisionales, traslados de perso-

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