D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221221-48)
Convenio –  Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Móstoles, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022

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VI.

B.O.C.M. Núm. 303

requerida por la Intervención General de la Comunidad de Madrid, Cámara de Cuentas
de la Comunidad de Madrid, la Unión Europea, Unidad Administrativa del Fondo Social
Europeo y Dirección General de Presupuestos de la Comunidad de Madrid, dando así
cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo
y del Consejo de 24 de junio de 2021 de disposiciones comunes.
Custodiar y velar para que todos los documentos justificativos relativos a los gastos y
pagos estén a disposición de los organismos de control durante un plazo de cinco años
a partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago
al beneficiario.
Nombrar de entre su personal un Coordinador/a para la ejecución de todas las
actuaciones previstas en este Programa, comprometiéndose a comunicar durante los dos
primeros meses de cada año a la Dirección General de Igualdad, la identidad del
representante de la Entidad Local que ejerza las labores de coordinación, que en todo
caso deberá pertenecer a la Entidad Local, con indicación de su categoría profesional,
así como las variaciones que, en su caso, se produzcan.
Emitir una Memoria Anual, que se presentará junto con la segunda justificación de gastos y
pagos, de acuerdo al modelo normalizado facilitado por la Dirección General de Igualdad.
Emitir los informes requeridos por la Dirección General de Igualdad, en relación con las
actuaciones y desarrollo del Programa. Asimismo, y en el caso de las actuaciones
cofinanciadas por el FSE +, se facilitará información suficiente que permita a la Comunidad
de Madrid la obtención de indicadores de realización y resultados previstos en el Anexo I del
Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021,
por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE +) para justificar esta actuación
en el futuro Programa Operativo FSE + 2021-2027 de la Comunidad de Madrid.
Cumplir con las obligaciones de información y comunicación de las actividades
cofinanciadas por el FSE + en los Programas Operativos de la Comunidad de Madrid,
periodo de programación 2021-2027.
Difundir y dar publicidad de todas las actuaciones desarrolladas conjuntamente entre la
Entidad Local y la Consejería competente en materia de mujer, en el marco de este
Programa, así como de otras realizadas por la Consejería que pudieran ser de interés
para la población de la Entidad Local.
Proceder al pago de las cantidades establecidas en el Convenio correspondientes a la
Entidad Local, en los plazos señalados en el mismo.
Cualquier otra descrita a lo largo del Anexo de este Programa, incluidas todas las
actuaciones tendentes a facilitar el seguimiento técnico de su ejecución.

OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA CONSEJERÍA COMPETENTE (DIRECCIÓN
GENERAL DE IGUALDAD)
a)
b)
c)

d)

Coordinar y supervisar, mediante los mecanismos apropiados, el desarrollo del presente
Programa.
Facilitar los logotipos, soportes normalizados e instrucciones necesarios para la ejecución
del Programa.
Facilitar cuanta información sea necesaria para cumplir las obligaciones derivadas de la
cofinanciación del FSE+ de las actuaciones en materia de promoción de la igualdad de
oportunidades en el acceso al empleo y la educación.
Proceder al pago de las cantidades establecidas en el Convenio correspondientes a la
Consejería competente, en los plazos señalados en el mismo.

VII. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL GASTO Y DEL PAGO

-

-

Certificación del Interventor o, en su caso, persona que ostente la competencia, con el
Conforme y Visto Bueno de Alcaldía, en el que consten las cantidades efectivamente
gastadas y pagadas, en relación con las cuantías que se financian en el presente
Programa, según modelo de certificación que consta en este Convenio como Anexo B.
Documentación acreditativa de los gastos realizados; facturas, nóminas, justificantes de
las cotizaciones de los Seguros Sociales e informes y justificantes correspondientes.

BOCM-20221221-48

De acuerdo a lo establecido en la Cláusula Cuarta (justificación de gastos y pagos), la Entidad
Local deberá presentar en los plazos establecidos la siguiente documentación: