D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221221-31)
Convenio –  Convenio de 29 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Universidad Complutense de Madrid, para la concesión de una subvención directa para la realización del Proyecto materiales disruptivos bidimensionales (2D) dentro del plan complementario en el área de materiales avanzados en el marco del Componente 17, Inversión 01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation-EU, por importe de 10.500.000 euros
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 303

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 107

ta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, o la fecha en que el deudor
ingrese el reintegro si es anterior a esta.
4. El incumplimiento de las obligaciones sobre aportación de la documentación exigida por la normativa nacional y europea en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y del Marco de Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como
el incumplimiento de las condiciones asociadas al principio DNSH, será causa de reintegro.
Decimosegunda
Ejecución
1. El período de ejecución del Proyecto podrá comenzar desde el 1 de enero de 2021
y finalizará como máximo el 31 de marzo de 2025.
2. Tanto los fondos correspondientes a la financiación concedida con cargo al Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, como los procedentes de la Comunidad de
Madrid podrá ejecutarse durante todo el período indicado en el apartado 1 con independencia de cuando se produzca la liberación del pago de cada anualidad.
Decimotercera
Información, comunicación y publicidad
1. En todas las actuaciones con difusión pública asociadas a las actividades derivadas de este Convenio, infraestructuras que se adquieran con cargo al mismo de forma total
o parcial, equipos y otro material inventariable, contratos de servicios y laborales, publicaciones, ponencias, o cualquier otra actividad de difusión de resultados, deberán figurar
como entidades financiadoras la Comunidad de Madrid, el Estado a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la Unión Europea a través de los fondos NextGeneration-EU.
2. Respecto al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, todos los beneficiarios deberán dar visibilidad a la cofinanciación de estos fondos incluyendo el emblema
de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique “Plan de Recuperación
Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGeneration-EU”.
3. Los beneficiarios deben cumplir la obligación de comunicar al público el apoyo
obtenido por el MRR durante todo el período de ejecución del Proyecto y que procede a su
difusión y publicidad mediante cartelería colocada en lugar visible, sitios web o cualquier
otro medio al efecto.
4. Cualquier documento relacionado con la ejecución del Proyecto que se destine al
público o a los participantes, contendrá una declaración en la que se informe que ha recibido apoyo del MRR.
Decimocuarta

1. Los organismos beneficiarios de este Convenio deberán someterse a las actuaciones de comprobación y de control financiero que corresponden a la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, a la Intervención General de la Comunidad de
Madrid, a la Dirección General de Presupuestos de la Comunidad de Madrid, a la Cámara
de Cuentas y a las demás previstas en la legislación aplicable, a quienes facilitará cuanta información sea requerida al efecto, para lo que deberá conservar los justificantes de la aplicación de los fondos concedidos y, más concretamente, a las obligaciones establecidas en
la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. Asimismo, estarán sometidos al control y verificación de los organismos competentes de la Unión Europea, la Oficina Europea de lucha contra el fraude, el Tribunal de
Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes, que tendrán los derechos y accesos que sean necesarios para ejercer sus competencias.
3. Los organismos beneficiarios de este Convenio están obligados a facilitar el seguimiento de una pista de auditoría adecuada y a cumplimentar la información sobre indicadores de ejecución y resultados de las actuaciones cofinanciadas que se les solicite por
parte de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica.

BOCM-20221221-31

Control