Pozuelo de Alarcón (BOCM-20221219-106)
Organización y funcionamiento. Ordenanza terrazas veladores
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 301

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE DICIEMBRE DE 2022

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TÍTULO III

Art. 11. Condiciones de la instalación de terrazas en suelo público o en suelo privado
de uso público.—11.1. Condiciones comunes a la instalación de terrazas en suelo público y
privado de uso público:
a) Deberá respetarse un itinerario con un ancho mínimo de 1,8 metros libres de mobiliario para acceso a cada establecimiento desde la acera pública hasta el acceso
del local.
b) La distancia mínima entre el espacio ocupado por la terraza de veladores y los elementos del mobiliario urbano será de 1,5 metros, permitiendo el acceso conforme
al punto anterior.
c) A efectos de cálculo de la superficie total de la terraza de veladores, se considerará
que la superficie total de terraza (de cada zona solicitada) será de 1,5 m2 por
número de sillas u ocupantes.
d) Para superficies de terraza superiores a 100 m2 el establecimiento deberá disponer
de un aseo adicional en el interior del local (lavabo e inodoro independiente), para
cada sexo, superior a la dotación mínima que sería exigible al propio establecimiento conforme al artículo 7.4.7. del P. G. O. U.
e) En cualquier caso, la superficie máxima que podrá ocuparse con una terraza de veladores será de 300 m2 (tanto en suelo privado como público en su conjunto). En
supuestos excepcionales, en suelo privado de uso público podrán autorizarse superficies mayores previo informe técnico que establezca los requisitos necesarios
para su implantación y en todo caso un inodoro y un lavabo adicional por cada
sexo a partir de 300 m2. Por cada 200 m2 adicionales se aumentará un inodoro y
un lavabo por cada sexo.
f) Los toldos, sombrillas y estructuras de pérgola de las terrazas serán de color único
(blanco, beige o negro), estando prohibida la exhibición de logotipos o publicidad
que no sea la propia identificativa del local.
g) En la autorización de los elementos integrantes de terrazas, veladores y cerramientos dispuestos en esta Ordenanza se atenderá a criterios de unificación de imagen
y salvaguarda del paisaje urbano ligados a la promoción y dinamización del desarrollo económico y comercial de los cascos antiguos de la ciudad.
h) Para las instalaciones de nebulización o vaporización, que deben cumplir con la
normativa aplicable en la materia y, especialmente, la relativa a la prevención y
control de la legionelosis, sólo puede utilizarse agua potable.
i) En caso de necesidad, las terrazas deberán recogerse inmediatamente dejando
completamente disponible el espacio que sea necesario para una intervención
inmediata en los servicios públicos.
j) En ningún caso se permitirá la instalación de terrazas que resten visibilidad al tráfico viario o dificulten la maniobra o visibilidad en las entradas y salidas de vados
permanentes autorizados para el paso de vehículos, ni podrá obstaculizarse el acceso a la calzada desde los portales de las fincas.
k) La instalación de terrazas de veladores en el interior de centros comerciales, se
ajustarán al título habilitante de actividad y funcionamiento del centro comercial.
l) En la instalación de terrazas y veladores se debe garantizar el mantenimiento de
árboles en zonas terrizas y de los alcorques del arbolado viario, debiendo respetarse que no se invadan alcorques ni especies vegetales.
11.2. Condiciones singulares relativas a la instalación de terrazas en suelo público:
a) La ocupación de suelo público con terrazas de veladores se ajustará a las siguientes
condiciones:
— La instalación de terraza de veladores deberá permitir un ancho de paso en vía
pública de al menos 1,8 metros.
— Excepcionalmente, el Ayuntamiento en caso debidamente motivado y a criterio de los servicios técnicos municipales se podrá autorizar una anchura mínima de 1,20 metros menor de espacio libre para tránsito peatonal.
— En espacios peatonales con condiciones singulares (gran afluencia de público,
plazas, accesos a transporte público, etcétera) el Ayuntamiento podrá deter-

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Condiciones de la instalación