Mancomunidad de Servicios Sociales THAM (BOCM-20221219-121)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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BOCM

LUNES 19 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 301

Se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Corporación, el nombramiento de las personas sustitutas en lugar de las que hubieran perdido su condición por
alguna de las circunstancias previstas en el apartado anterior.
5.3. Para la válida constitución del Tribunal Calificador, a efectos de celebración de
sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia de la mitad al menos
de sus miembros, entre los que deben figurar necesariamente el/la Presidente y el Secretario o, en su caso, quienes los sustituyan.
5.4. El Tribunal Calificador resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas bases en relación con el desarrollo de las pruebas selectivas, así como la forma de actuación en los casos no previstos, desde su constitución hasta que se eleve al órgano competente la correspondiente propuesta de nombramiento. Su procedimiento de
actuación se ajustará a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.5. Quienes presidan los Tribunales Calificadores podrán solicitar al Presidente de
la Mancomunidad el nombramiento de personal asesor especialista en aquellas pruebas en
las que se estime necesario. Asimismo, podrán disponer la utilización de personal colaborador en materias de organización, apoyo, coordinación y vigilancia para la realización de
las pruebas.
5.6. Para el devengo de asistencias por su participación en el proceso selectivo el Tribunal Calificador tendrá la categoría correspondiente al grupo de titulación en el que se encuadre la Subescala cuya selección tengan encomendada, conforme a la clasificación prevista en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones
por razón del servicio.
5.7. Los actos que dicte el Tribunal Calificador durante el desarrollo del proceso selectivo solamente podrán ser objeto de recurso cuando por su naturaleza puedan ser considerados definitivos o de trámite cualificado, conforme al artículo 112.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso, quienes resulten afectados podrán interponer un recurso de alzada ante el
Sr. Presidente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación o notificación del acto objeto de recurso. Para la resolución el Presidente deberá disponer de un
informe del Tribunal sobre los aspectos alegados en el recurso, informe o aclaraciones que
deberán emitirse en un plazo máximo de 5 días hábiles.
Sexta. Sistemas de selección
6.1. Los procesos selectivos se ajustarán a lo dispuesto en estas Bases Generales y a
lo previsto en las Bases Específicas de cada una de las convocatorias.
6.2. El sistema de selección será el de concurso-oposición, conforme a la oferta de
empleo extraordinaria de estabilización de la Mancomunidad THAM, para aquellas plazas
que hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres
años anteriores a 31 de diciembre de 2020 (art. 2.1 de la Ley 20/2021); con los ejercicios,
puntuaciones y méritos que se indiquen en las Bases Específicas.
6.3. El sistema de selección será el de concurso, conforme a la oferta de empleo extraordinaria de estabilización de la Mancomunidad THAM, para aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1 de la Ley 20/2021, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016
(Disp. Adic. 6.a) y las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016 (Disp.
Adic. 8.a); con los méritos que se indiquen en las Bases Específicas.
Séptima. Calendario y desarrollo del proceso selectivo
7.1. La fecha, hora y lugar para la realización de la primera prueba en los proceses
selectivos por concurso oposición se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Corporación, con ocasión de la publicación de la relación definitiva de personas
admitidas y excluidas del proceso selectivo.
7.2. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco
días naturales.
7.3. En cualquier caso, la duración máxima del proceso de realización de las pruebas
no excederá de nueve meses, contados desde la fecha de realización de la primera prueba
hasta la publicación por el Tribunal de la relación de aspirantes aprobados.

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