Mancomunidad de Servicios Sociales THAM (BOCM-20221219-121)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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BOCM

LUNES 19 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 301

c) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales, serán admitidos en condiciones de igualdad con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones no sean
incompatibles con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. Estos
aspirantes deberán aportar en el momento de presentar la solicitud de participación,
declaración expresa sobre el grado y tipo de discapacidad que les afecta y de que
tienen capacidad funcional para el ejercicio de las funciones y tareas correspondientes.
e) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.
f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios o para ejercer funciones similares a las que se desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
g) Haber presentado en tiempo y forma la solicitud de participación en el proceso selectivo.
h) Haber abonado, en tiempo y forma, la tasa por derechos de examen, salvo encontrarse en el supuesto de exención de la misma.
2.2. Los requisitos establecidos en la base anterior deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de incorporación como personal laboral.
Tercera. Solicitudes de inscripción
3.1. Las instancias solicitando tomar parte en cada uno de los procesos selectivos de
estabilización, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de
las condiciones exigidas en las bases específicas para la plaza que se opte, se realizarán conforme al modelo publicado en sede electrónica y se dirigirán al Sr. Presidente de la Mancomunidad THAM y se presentarán en el Registro de Entrada de esta entidad o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del extracto del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
3.2. La no presentación de las instancias en tiempo supondrá la exclusión del/la aspirante.
3.3. En virtud de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen,
serán sujetos pasivos de la misma aquellas que soliciten la inscripción como aspirantes en
las pruebas selectivas.
El devengo de la tasa se producirá en el momento de la solicitud de inscripción en las
pruebas selectivas, que no se tramitará hasta que no se haya efectuado el pago correspondiente.
Los derechos de examen se fijarán en las bases específicas de cada plaza convocada,
que habrá de hacerse efectivo mediante transferencia bancaria en el número de cuenta y
bajo el concepto que se reseñe en las bases específicas correspondientes.
3.4. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, y de Orden Social, estarán exentas de pago
de los derechos de examen las personas que se presenten al correspondiente proceso selectivo y acrediten tener una discapacidad igual o superior al 33%.
3.5. En virtud del artículo 7 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de la Mancomunidad THAM, se concederán las exenciones o bonificaciones previstas expresamente en las leyes o las derivadas de la aplicación de los Tratados Internacionales. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen las personas que
figuren como demandantes de empleo con, al menos, un mes de antelación a la fecha de la
convocatoria en la que participen. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la

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