D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221219-71)
Convenio –  Convenio de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación de Tenis de Madrid, para la colaboración en la utilización de espacios deportivos en el “Parque Deportivo Puerta de Hierro”, situado en el “Monte de El Pardo” y en las instalaciones deportivas “Canal de Isabel II”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 301

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 339

Segunda
Edificaciones y espacios deportivos
Las edificaciones y espacios deportivos incluidos en el ámbito del convenio son:
1. Local de oficinas de 28,37 m2 situado en uno de los edificios de las Instalaciones
Deportivas “Canal de Isabel II”. Este local se desarrolla todo en planta baja y consta de un
espacio de oficina dotado de instalaciones para tres puestos de trabajo y un aseo.
2. Las pistas de tenis ubicadas en el Parque Deportivo Puerta de Hierro, (2 pistas cubiertas con cerramiento no fijo, con pavimento sintético sobre base de hormigón y dotadas
de iluminación artificial, 4 pistas al aire libre, denominadas “Vivi Ruano”, con pavimento
sintético sobre base asfáltica y dotadas de iluminación artificial y 2 pistas de minitenis), pudiendo utilizar, de manera puntual, los vestuarios de raqueta del Parque Deportivo Puerta
de Hierro, en las condiciones y períodos de tiempo establecidos en compatibilidad con el
resto de usos, ocupaciones y necesidades de la instalación.
3. Las pistas de tenis ubicadas en las Instalaciones Deportivas “Canal de Isabel II”
(3 pistas al aire libre con cerramiento metálico, con pavimento de césped artificial y dotadas de iluminación artificial, 3 pistas al aire libre con cerramiento metálico, con pavimento de tierra batida y dotadas de iluminación artificial y 1 pista al aire libre con cerramiento
metálico, con pavimento de hormigón poroso y dotada de iluminación artificial, 1 pista para
cursos de iniciación de tenis que compatibiliza su uso como frontenis), pudiendo utilizar,
de manera puntual, los vestuarios de las Instalaciones Deportivas de “Canal de Isabel II”,
en las condiciones y períodos de tiempo establecidos en compatibilidad con el resto de usos,
ocupaciones y necesidades de la instalación.
En el caso de que el número de pistas a gestionar por la Federación de Tenis de Madrid,
sufriera alguna variación con respecto a la dotación actual (8 pistas en el Parque Deportivo
Puerta de Hierro y 8 pistas en las Instalaciones Deportivas del Canal de Isabel II), las condiciones económicas establecidas en el presente convenio variarían proporcionalmente.
Esta adecuación económica se acordaría en el seno de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Tercera
Conforme al presente convenio la Federación se compromete a:
1. Definir los objetivos y los programas deportivos que desarrollará la Federación
mediante la utilización de las edificaciones y espacios deportivos previstos en la cláusula
segunda.
2. Colaborar con la Dirección General de Deportes en la ejecución de programas deportivos mediante su apoyo logístico y técnico. La valoración de este servicio será de un
máximo de 7.200 euros, anuales, durante el período de validez del presente convenio.
3. Dar cuenta a la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio de las actividades, los programas de trabajo y los proyectos de participación deportiva desarrollados por la Federación en las instalaciones a través de una memoria anual.
4. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes, la programación deportiva
por temporada con las fechas y usos previstos para las instalaciones.
5. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes, un informe por temporada
deportiva detallado sobre las actividades deportivas y usos realizados en las edificaciones
y espacios deportivos.
6. Utilizar adecuadamente las edificaciones y espacios deportivos incluidos en el
presente convenio y destinar las mismas a sus fines propios como son el establecimiento de
la sede de la Federación en el local de oficinas y los usos deportivos propios de las pistas
de tenis, quedando totalmente prohibidas la cesión o subarriendo total o parcial de las instalaciones.
7. Mantener en perfectas condiciones de uso todas las edificaciones y espacios deportivos incluidas en el convenio, siendo responsable frente a la Comunidad de Madrid de
los daños o deterioros que pudieran sufrir, aun cuando tengan su origen en la actuación de
terceros; comprometiéndose, igualmente, a entregar a aquella en perfecto estado de uso todas las edificaciones y espacios deportivos previstas en el presente convenio a la finalización de la vigencia del mismo.
8. Ejecutar y abonar las reparaciones que se precisen que puedan derivarse del mal
uso de las edificaciones y espacios deportivos.

BOCM-20221219-71

Compromisos de la Federación