C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20221217-1)
Convenio de gestión –  Adenda de 30 de noviembre de 2022, al “Convenio de gestión integral del Servicio de Distribución de Agua de Consumo Humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo”, para la renovación de la red de distribución de agua en la urbanización “Valle del Sol”, entre la Comunidad de Madrid, el Ente Público Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., el Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo y la urbanización “Valle del Sol”
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 300

Las actuaciones a las que se compromete la Sociedad Canal con la celebración de la
presente Adenda están incluidas dentro de los fines que le son propios y de su objeto social,
de acuerdo con sus Estatutos sociales y con lo dispuesto por la Ley 3/2008 en virtud de la
cual la mencionada Sociedad mantendrá, en los términos establecidos en el Contrato-Programa, la prestación de los servicios de abastecimiento y saneamiento que por cualquier título correspondían a Canal.
Por su parte, el Ayuntamiento funda su competencia para la celebración de la presente Adenda en su competencia en materia de abastecimiento de agua potable a domicilio, de
conformidad con el artículo 25.2.c) de la Ley 7/1985.
Asimismo, las actuaciones a las que se compromete la Urbanización mediante la celebración de la Adenda están incluidas dentro de los fines, objeto y ámbito de actividad que
según sus estatutos le son propios.
Undécimo
En virtud de la presente Adenda las partes desarrollan una cooperación entre ellas con
la finalidad de garantizar que los servicios públicos que les incumben, en este supuesto, la
prestación eficaz, eficiente y sostenible del servicio de abastecimiento de agua en la Urbanización Valle del Sol, se prestan de modo que se logren los objetivos que tienen en común,
estando guiada dicha cooperación, únicamente, por consideraciones relacionadas con el interés público. La ejecución de las obras contenidas en el Expositivo Octavo permitirá el
cumplimiento del objetivo común de las partes relativo a la renovación de la red de distribución de agua de consumo humano de la Urbanización que permita una gestión óptima del
servicio de abastecimiento y su prestación con los adecuados estándares de calidad, todo
ello de conformidad con la Normativa Técnica que aplica la Sociedad Canal a este tipo de
instalaciones.
Decimosegundo
La Urbanización, mediante Acuerdo de la Asamblea General Ordinaria, celebrada el
día 27 de marzo de 2022, aprueba la presente Adenda y la forma de financiación de las
obras de la nueva red de distribución y faculta a su Presidente para que, en su nombre y representación, la suscriba.
Decimotercero
El Ayuntamiento, mediante Acuerdo del Pleno de fecha 10 de junio de 2022, aprueba
la presente Adenda y la forma de financiación, mediante cuota suplementaria, y faculta a su
Alcaldesa-Presidenta para su firma.
Decimocuarto
Con la finalidad de que los vecinos de la Urbanización puedan disfrutar de la prestación
del servicio público de abastecimiento de agua en las mismas condiciones con que se presta en
el resto del término municipal de Colmenar del Arroyo, resulta necesario diseñar y establecer
una red de infraestructuras hidráulicas que permita una gestión óptima del servicio y su prestación con los adecuados estándares de calidad, de conformidad con las competencias que sobre la prestación del servicio de distribución de agua ostentan el Ayuntamiento, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 25.2 c) de la Ley 7/1985 y en el artículo 3.1 de la Ley 17/1984; Canal,
en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 17/1984 y la Sociedad Canal, en virtud de
lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 3/2008. Como consecuencia de lo expuesto, las Partes
deciden celebrar la presente Adenda, que se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES
Objeto y ámbito de aplicación
Primera
Objeto de la Adenda
La presente Adenda tiene por objeto regular las condiciones según las cuales se amplía el ámbito de gestión acordado en el Convenio de Gestión Integral celebrado entre la
Comunidad de Madrid, Canal y el Ayuntamiento, así como el diseño y establecimiento,

BOCM-20221217-1

Capítulo I