D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221217-5)
Convenio –  Convenio de subvención de 3 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Federación de Cooperativas y de la Economía Social de Madrid (FECOMA), para la realización de actuaciones de fomento del cooperativismo en la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 300

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE DICIEMBRE DE 2022

veedor. Todas las facturas y justificantes de pagos realizados deberán reflejar, debidamente desglosado, el IVA que sea de aplicación y, en su caso, el IRPF, debiendo ajustarse las mismas al contenido del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de
facturación.
— Habrán de aportarse igualmente los presupuestos y memorias previstas en la cláusula segunda respecto de los gastos directos correspondientes a los apartados 1.2
y 1.3 de dicha cláusula.
— En el caso de actos públicos, eventos, jornadas de difusión, reuniones, acciones de
formación colectivas o individuales o acciones de asesoramiento individual o colectivo y otras actuaciones equivalentes, FECOMA habrá de presentar una ficha
de realización de la actividad (homogénea para el conjunto de las actividades, y
con, al menos, el logotipo de la Consejería), que incluirá, además de los indicadores relacionados en el Anexo I, la siguiente información:
d Nombre de la actuación.
d Lugar y fecha de realización.
d Firma de cada uno de los asistentes.
d Entidad o empresa a la que pertenece cada uno de los asistentes.
— En el caso de que las actuaciones sean cofinanciadas a través de otras ayudas o
programas, las facturas y justificantes de pago habrán de aparecer estampilladas
con el porcentaje e importe asignado a este convenio. Los justificantes originales
presentados se marcarán con una estampilla, indicando en la misma la subvención
para cuya justificación han sido presentados y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente al convenio.
— En este último caso se indicará además la cuantía exacta que resulte afectada por la
subvención.
— Copia del elemento o soporte o evidencia gráfica de la inclusión del logo de la
Consejería como cofinanciadora de cada una de las actuaciones desarrolladas.
— Para la justificación de dietas y desplazamientos se presentará la siguiente: documentación:
d Autorización de gastos de dietas y desplazamiento para cada una de las actividades y persona relacionada, firmada por el representante legal de FECOMA.
d Hoja de gastos de dietas y desplazamientos, firmada por el representante legal
de FECOMA.
d Billetes de transporte local, tren, autobús, metro.
d En su caso, documentación que acredite cálculo kilometraje y prueba de pago.
d Cualquier otro documento que justifique el gasto.
d Listado de firmas de participantes en el caso de reuniones, conferencias, seminarios, en los que los gastos se imputen al proyecto.
— En el caso de los gastos directos incluidos en los apartados 1.2 y 1.3, en la cláusula
segunda, se presentarán los presupuestos de ofertas solicitados, así como una memoria explicativa de la elección realizada.
— Para la justificación de los gastos indirectos, se presentará una cuenta justificativa
que constará de una relación numerada en orden correlativo por partida de los gastos realizados, que acompañará a la documentación original. La relación se conformará según el modelo siguiente: número de factura o documento, entidad pagadora, fecha, partida, concepto, entidad proveedora, base imponible en euros,
IVA (en su caso) en euros, importe total en euros. A dicha relación se incorporará la documentación justificativa siguiente: justificantes y facturas originales o en
su caso, fotocopias acompañadas del documento de autenticidad firmado por el representante legal de la organización o cualquier otro documento con validez jurídica, incluyendo el porcentaje de la factura que se imputa a la actividad. Asimismo, se presentará un documento firmado y sellado por el representante legal de la
entidad que justifique el porcentaje de imputación.
En la documentación justificativa de las ayudas se integrará por tanto la cuenta y memoria justificativa de los cuatro períodos, con las siguientes fechas límite de presentación:
— Memoria justificación de las actuaciones correspondientes al año 2021 (Período 1),
28 de febrero de 2022.

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