Alcorcón (BOCM-20221216-62)
Ofertas de empleo. Instituto Municipal para el Empleo y la Promoción Económica (IMEPE). Convocatoria procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 299

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022

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a) Las titulaciones exigidas en cada proceso selectivo, tanto generales, como las específicas según la “Especialidad” detallada en la OPE de estabilización 2022.
b) El Puesto de Trabajo que se convoca, y la correspondiente plaza de adscripción y
su cuerpo, escala, subescala, clase y/o categoría.
c) La posibilidad de valorar formación especial, concreta o relevante para las funciones propias del puesto o la plaza convocada, impartida por organismos públicos o
privados siempre que hayan sido oficialmente reconocidos.
d) La necesaria aportación de certificados o documentos específicos.
5. Solicitudes
Los procedimientos de estabilización serán por Concurso de Méritos y los aspirantes
deberán presentarse a la convocatoria mediante el formulario de solicitud y autoevaluación
de méritos que se adjunta en el anexo I de estas Bases.
La solicitud constituye documento público desde su admisión por el IMEPE-Alcorcón,
y tendrá el valor de declaración jurada o responsable de cada aspirante.
Las solicitudes se podrán presentar en el Registro General del Ayuntamiento o en el Registro del IMEPE sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6. Acreditación de méritos

6.3.1. Los servicios prestados en el IMEPE-Alcorcón se acreditarán de una de las dos
formas siguientes:
a) Mediante certificado de servicios prestados (anexo I del Real Decreto
1461/1982, de normas de aplicación de la Ley 70/1978).
b) Rellenando en el apartado del formulario de solicitud una autorización
para remitir su acreditación a los datos del expediente personal. El aspirante evaluará su tiempo de servicio en la autoevaluación del formulario
de solicitud, sin necesidad de aportar documento al respecto. El Servicio
de RR. HH. aportará al Tribunal la acreditación de la experiencia que resulte de los respectivos expedientes personales.
6.3.2. Los servicios prestados en otras Administraciones públicas se acreditarán únicamente mediante certificado de servicios prestados (anexo I del Real Decreto 1461/1982)
6.4. Acreditación para los criterios de desempate en los procedimientos de concurso:
— En caso de empate, el Tribunal efectuará el desempate por el criterio 1 establecido
en el apartado 9.4 de estas Bases mediante los documentos aportados para la acreditación de la experiencia del apartado anterior (6.3).
— De subsistir el empate, el Tribunal requerirá la presentación de la documentación
que acredite los criterios 2 y 3, en un plazo de 5 días hábiles mediante publicación
en la página web, únicamente a los aspirantes en esta situación.
— De subsistir el empate, el Tribunal efectuará el desempate por el criterio 4 mediante los documentos aportados para la acreditación de la formación.
— De subsistir el empate, el Tribunal efectuará el desempate por el criterio 5 de
acuerdo con la valoración efectuada en el concurso.
— De subsistir el empate, el Tribunal efectuará el sorteo.

BOCM-20221216-62

6.1. Momento y plazo de presentación:
La documentación acreditativa de los méritos se presentará junto a la solicitud.
6.2. Forma de presentación:
Los méritos se presentarán en el formulario de solicitud y autoevaluación, numerados
de forma correlativa y agrupados siguiendo la clasificación en distintos apartados que establece la valoración del concurso y las instrucciones que contiene el formulario.
Los méritos se aportarán:
— En fotocopia por una cara. La presentación en el Registro no supondrá cotejo o supervisión de los documentos.
— Ajustados al formato DIN-A4, rechazándose otro formato.
6.3. Acreditación de la experiencia: