C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221215-50)
Bien de interés cultural –  Decreto 129/2022, de 7 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de monumento, La Cartuja, en Talamanca de Jarama (Madrid)
10 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 460

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 298

ria, basada en el cultivo de los campos y en la ganadería; donde se utilizaba el excedente
como instrumento de cambio para adquirir otros productos.
La Cartuja de Talamanca de Jarama cuenta con un indudable valor constructivo, reflejo de los materiales y técnicas utilizadas en los siglos XVI al XVIII. A esto se añade la conservación de su estructura de espacios libres y, al menos, la planta de la mayor parte de las
construcciones, así como su carácter de explotación agraria, destinada de forma eminente
al almacenamiento de grano, vino, aceite, vinagre y diferentes cabezas de ganado.
Conserva una gran parte de la memoria edilicia y cultural de la instalación de los frailes cartujos dependientes del Monasterio de El Paular a partir del siglo XV, y presenta un extenso repertorio de soluciones arquitectónicas y constructivas, basadas en el empleo de materiales y técnicas tradicionales, fundamentalmente las presentes en los siglos XVII y XVIII.
La bodega, el edificio principal con su claustro, la capilla y la zona de establos, lagar
y edificaciones anexas configuran un conjunto único en la Comunidad de Madrid donde
aún se mantienen las características de lo que eran este tipo de filiales agrícolas de los Monasterios de la Orden Cartuja. Este espacio rememora la capacidad del complejo para proveer al Monasterio del Paular, vender los productos para una economía saneada, así como
emplear a los trabajadores que tenían para el cuidado de sus posesiones. También mantiene las zonas donde se encontraban las habitaciones para los religiosos, graneros, bodegas,
cocinas, cuevas, caballerizas, corrales y establos para alojar los rebaños trashumantes propiedad de la Orden que se trasladaban por la meseta Castellana.
Es por todo ello un inmueble de enorme interés, a lo que se añade la existencia en él
de restos probablemente desde el siglo IX correspondientes a los restos defensivos como
enclave militar musulmán, hasta su transformación en defensas medievales.
También debe señalarse su valor paisajístico dentro del Conjunto Histórico de Talamanca, que se completa con el ábside de los milagros, la Iglesia de San Juan Bautista o la
propia bodega del Arrabal. Incluso sin acceder al interior de la finca, las fachadas constituyen un indudable elemento de valor histórico y constructivo y expresan el carácter de la finca y la continuidad con los modelos constructivos toledanos y del resto de Castilla.
La Cartuja mantiene un elevado valor como objeto de investigaciones futuras en el ámbito de los estudios de la arquitectura, de la arqueología, no solo en cuanto a la investigación de las posibles estructuras en el subsuelo del complejo, sino en la aplicación de técnicas de investigación para hacer una reconstrucción fidedigna de la vegetación y las
actividades agrícolas que se desarrollaban en el interior del recinto.
C) DELIMITACIÓN DEL ENTORNO AFECTADO
1. Descripción literal de las parcelas catastrales incluidas en el entorno de protección
Manzana 67094, las parcelas 02 a 14 y 16 a 33, ambas inclusive.
Manzana 68119, las parcelas 16 a 26, ambas inclusive, las parcelas 08, 32, 33 y 36.
Manzana 69104, las parcelas 03 parcialmente y 04 parcialmente.
Manzana 70106, las parcelas 08 parcialmente y 14 parcialmente.
Manzana 70097, la parcela 14.
Manzana 68094, las parcelas 01 parcialmente, 02, 03 y 09 parcialmente.
Manzana 67085, las parcelas 01 a 08, ambas inclusive.
Manzana 67099, las parcelas 01 y 02.
Manzana 66097, las parcelas 01 a la 19, ambas inclusive.
Manzana 66090, la parcela 01.
Manzana 66092, las parcelas 01 a la 09, ambas inclusive.
Manzana 65090, las parcelas 01 a la 06, ambas inclusive, la parcela 26 parcialmente.
— Manzana 66103 completa (parcela 01).
— Manzana 65116 completa (parcela 01).
— Manzana 66114, las parcelas 38 y 39.
2. Justificación de este entorno de protección
El entorno afectado por la declaración de Bien de Interés Cultural se fundamenta en proteger y favorecer al monumento en su consideración de hito cultural e histórico, velar por la
adecuación de las intervenciones urbanísticas y arquitectónicas a favor de la puesta en valor
del monumento, evitar la alteración o perdida de los valores ambientales y paisajísticos asociados en la percepción del monumento, así como evitar perturbar las visualizaciones del
bien objeto de la declaración.

BOCM-20221215-50