D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio –  Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

IAR (euro/kg)

0

 82%

0,05*E-0,033





IAR
(euro/kg)

Efectividad
anual

E < 82%

B.O.C.M. Núm. 297

Efectividad
anual

IAR
(euro/kg)

MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

Efectividad
anual

Pág. 524

0,01200

Siendo E la efectividad anual de selección que se obtiene como:
E (%) = kg de Envases ligeros 78 entregados a recuperador-reciclador / (kg totales
entrada *caracterización representativa de la planta79) * 100
En el caso de disconformidades cuya resolución suponga el rechazo del material por
parte de los recuperadores/recicladores, este material no computará para el cálculo
del rendimiento anual y del pago anual por incentivo.
La entidad emitirá la factura por este concepto, en su caso, una vez cerrada la
facturación del año precedente, considerando los materiales de envases ligeros
entregados y aceptados por recuperador/reciclador en dicho año, y siempre que se
hayan resuelto los procedimientos de disconformidad.
Con motivo del cambio de convenio, cuando en un mismo año se hayan aplicado dos
criterios de pago diferentes se procederá a determinar el rendimiento y la efectividad
anual de selección una vez cerrada la facturación de todo el año. El rendimiento y la
efectividad anual serán la referencia para el cálculo del incentivo unitario según los
dos criterios de pago vigentes en el año para cada convenio. Cada incentivo unitario
se aplicará al material seleccionado en el período de aplicación de cada criterio de
pago.
7.- Gestión de residuos de envases a través de puntos limpios
El pago de Ecoembes por la gestión de residuos de envases en puntos limpios, incluye
las siguientes partidas:
A) Si el punto limpio dispone de contenedores de recogida selectiva de papel-cartón
o de envases ligeros para su uso por particulares, similares a los utilizados en vía
pública, y con rutas de recogida independientes 80 de la recogida de contenedores
en vía pública, se aplicarán las condiciones establecidas en los apartados

78

No se incluye ninguna cantidad de papel-cartón recuperado en la planta.
La caracterización representativa se determina según se indica en el anexo IV.I.1.6.
80
Si estos contenedores se recogen conjuntamente con los contenedores instalados en vía pública, la facturación se realizará
según lo previsto en el apartado de recogida selectiva en contenedor.

BOCM-20221214-36

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