D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio – Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 523
Asimismo, si para algún material de residuo de envase, la recuperación equivalente
por habitante (calculada dividiendo el total de material seleccionado en la planta,
anualizado, por la población generadora a la que da servicio la planta) es superior a
la cantidad adherida al SIG por habitante (calculada dividiendo el total adherido de
dichos envases al SIG en el ámbito nacional por la población de derecho en España),
se elevará el tema a la Comisión de Seguimiento para buscar la explicación y acordar
el ajuste a realizar en la facturación por selección y en la responsabilidad del SIG en la
designación del recuperador/reciclador. Transcurridos 6 meses desde la detección del
problema, si en Comisión no se ha alcanzado un acuerdo sobre el sistema de ajuste,
Ecoembes comunicará a la Entidad titular de la planta que a partir del siguiente mes
la cantidad de material que podrá ser facturada a Ecoembes se ajustará al 100% de la
cantidad equivalente de envases de dicho material adheridos al SIG correspondientes
a la población generadora a la que de servicio la planta.
En el caso de que se identificara una tecnología alternativa a la gestión del rechazo
de las plantas de selección a través de vertido controlado, con un mejor balance
ambiental y económico, y en línea con las prioridades de gestión establecidas en la
legislación vigente, las partes acuerdan su desarrollo y el traslado del ahorro
económico derivado al pago por selección. Si la Entidad gestora no acepta la opción
de gestión del rechazo identificada, Ecoembes sólo asumirá el coste equivalente al de
la nueva opción, procediéndose al correspondiente ajuste del pago por selección por
el diferencial con la opción de gestión a través de vertido controlado.
La entidad emitirá las facturas de selección con carácter mensual, por el pago base y
por el pago unitario, correspondientes a los materiales recuperados en la planta y
entregados a recuperador/reciclador durante el mes de referencia.
1.2 Pago anual por incentivo de rendimento
Con el fin de fomentar el rendimiento de recuperación de las plantas, se establece un
pago anual en concepto de incentivo por rendimiento. Se calcula aplicando un
incentivo anual unitario (IAR) sobre la totalidad de envases ligeros recuperados en la
planta y entregados a recuperador/reciclador a lo largo del año considerado (el papelcartón no se incluye para el cálculo del IAR). Es decir, se calculará de la siguiente
manera:
Pago anual por incentivo = IAR x kilos de envases
ligeros entregados a recuperador/reciclador
BOCM-20221214-36
Donde el IAR se calculará en función de la efectividad anual de selección del siguiente
modo:
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 523
Asimismo, si para algún material de residuo de envase, la recuperación equivalente
por habitante (calculada dividiendo el total de material seleccionado en la planta,
anualizado, por la población generadora a la que da servicio la planta) es superior a
la cantidad adherida al SIG por habitante (calculada dividiendo el total adherido de
dichos envases al SIG en el ámbito nacional por la población de derecho en España),
se elevará el tema a la Comisión de Seguimiento para buscar la explicación y acordar
el ajuste a realizar en la facturación por selección y en la responsabilidad del SIG en la
designación del recuperador/reciclador. Transcurridos 6 meses desde la detección del
problema, si en Comisión no se ha alcanzado un acuerdo sobre el sistema de ajuste,
Ecoembes comunicará a la Entidad titular de la planta que a partir del siguiente mes
la cantidad de material que podrá ser facturada a Ecoembes se ajustará al 100% de la
cantidad equivalente de envases de dicho material adheridos al SIG correspondientes
a la población generadora a la que de servicio la planta.
En el caso de que se identificara una tecnología alternativa a la gestión del rechazo
de las plantas de selección a través de vertido controlado, con un mejor balance
ambiental y económico, y en línea con las prioridades de gestión establecidas en la
legislación vigente, las partes acuerdan su desarrollo y el traslado del ahorro
económico derivado al pago por selección. Si la Entidad gestora no acepta la opción
de gestión del rechazo identificada, Ecoembes sólo asumirá el coste equivalente al de
la nueva opción, procediéndose al correspondiente ajuste del pago por selección por
el diferencial con la opción de gestión a través de vertido controlado.
La entidad emitirá las facturas de selección con carácter mensual, por el pago base y
por el pago unitario, correspondientes a los materiales recuperados en la planta y
entregados a recuperador/reciclador durante el mes de referencia.
1.2 Pago anual por incentivo de rendimento
Con el fin de fomentar el rendimiento de recuperación de las plantas, se establece un
pago anual en concepto de incentivo por rendimiento. Se calcula aplicando un
incentivo anual unitario (IAR) sobre la totalidad de envases ligeros recuperados en la
planta y entregados a recuperador/reciclador a lo largo del año considerado (el papelcartón no se incluye para el cálculo del IAR). Es decir, se calculará de la siguiente
manera:
Pago anual por incentivo = IAR x kilos de envases
ligeros entregados a recuperador/reciclador
BOCM-20221214-36
Donde el IAR se calculará en función de la efectividad anual de selección del siguiente
modo: